El servicio de administración tributaria (SAT) puso especial interés en las tarjetas de crédito bancarias de los contribuyentes en busca de irregularidades fiscales. La dependencia está solicito información incluso de aquellos que no tienen ningún adeudo fiscal en firme.
Como se estipula en el artículo 42-A del Código Fiscal de la Federación las autoridades fiscales podrán solicitar de los contribuyentes, responsables solidarios o terceros (en este caso los bancos), datos, informes o documentos para planear y programar actos de fiscalización.
De acuerdo con lo que se establece en el artículo anterior se debe de cumplir con lo dispuesto en el artículo 48 fracción IV del Código Fiscal de la Federación que como consecuencia de la revisión de los informes, datos, documento o contabilidad requeridos a los contribuyentes responsables solidarios, o terceros, las autoridades fiscales formularan oficio de observaciones, en el cual harán constar en forma circunstancial los hechos u omisiones que se hubiese conocido y entrañen incumplimiento de la disposición fiscal del contribuyente o responsable solidario.
Ante esto el Banco azteca promovió una demanda de amparo para impugnar el oficio enviados por el SAT para entregar prácticamente todos los datos del manejo de cuentas de sus tarjetahabientes. Ya que la información solicitada incluye nombre del cuentahabiente, RFC, CURP, límite de crédito en la tarjeta y montos de los pagos mensuales realizados sin importar la forma de pago y desglosados por mes.
Creemos que esto podría representar un alto riesgo para los tarjetahabientes ya que se le podría un mal uso el mal uso a la información para fines ilícitos ya sea extorción, fraude o secuestro. Además de que así como hay contribuyentes evasores los hay cumplidos y es entonces cuando pagan justos por pecadores.
Sin embargo esto forma parte de la estrategia para evasores fiscales y prevención de lavado de dinero, ya que la omisión de ingresos o no justificar los mismos te puede hacer sospechoso de lavado de dinero.
CUELLAR MARTINEZ LADY MONSERRAT
HERNANDEZ CANO CYNTHIA BELEN
CABRERA MARTINEZ ERENDIRA
jueves, 19 de abril de 2012
jueves, 29 de marzo de 2012
¿Se elimino la tenencia?
En realidad este impuesto no se ha eliminado aunque Felipe Calderón anuncio que a partir del 1° de enero del 2012 los propietarios de los vehículos dejaran de pagar dicho impuesto pero fue eliminado como impuesto federal mas no como impuesto local y queda a disposición de cada estado subsidiarlo, eliminarlo o mantenerlo.
Para ser candidato al beneficio del subsidio es necesario cumplir ciertos requisitos tales como:
· el costo del vehículo debe ser menor a 350,000 pesos (sin IVA)
· pago de refrendo vehicular (334 pesos anuales)
· no tener adeudos con la tesorería del gobierno por concepto de impuesto o servicios locales (predial, agua o tenencias atrasadas)
· pagar el refrendo de placas antes del 2 de abril de 2012 el cual será un cargo anual que en el año en curso tendrá un costo de 395 pesos.
Este será el panorama de la tenencia en 2012
· Sonora._ en suspenso de aprobación del paquete económico
· Baja california._ se mantiene para vehículos de mas de $500,000
· Baja california sur._ se mantiene como impuesto local
· Sinaloa._ se mantiene como impuesto local para personas físicas con actividad empresarial y personas morales
· Durango._ se subsidia el 100%
· Zacatecas._ subsidio del 100% para vehículos de hasta $200,000
· Nayarit._ se mantiene como impuesto local
· Aguascalientes._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Jalisco._ eliminado
· Colima._ se subsidia el 100%
· Guanajuato._ eliminado
· Michoacán._ se subsidia el 100%
· Estado de México._ se mantiene para vehículos de mas de $350,000
· Guerrero._ eliminado
· Morelos._ eliminado
· Puebla._ se subsidia el 100%
· Oaxaca._ se mantiene como impuesto local
· Chiapas._ eliminado
· Campeche._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Quintana roo._ se subsidia el 100%
· Yucatán._ subsidio del 100% para vehículos con valor menor a $300,000
· Tabasco._ subsidio entre 50 y 85%
· Veracruz._ se mantiene para vehículos de mas de $230,000
· Tlaxcala._ eliminado
· DF._ se mantiene para vehículos de mas de $350,000
· Hidalgo._ se mantiene para vehículos de mas de $351,000
· Querétaro._ se mantiene para vehículos de mas de $400,000
· Tamaulipas._ subsidio del 100%
· San Luis potosí._ se mantiene para autos nuevos y de 10 años de antigüedad. Subsidio del 50% para vehículos de hasta $150,000
· Nuevo león._ se mantiene para vehículos entre 2008 y 2012
· Coahuila._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Chihuahua._ se cobra impuesto local de %1000. Habrá unas 10 alcaldías que cobraran un impuesto local.
Como ya se ha mencionado el beneficio solo es un subsidio no una eliminación, por lo tanto si no se cumplen con los requisitos mencionados se tendrá que pagar la tenencia como hasta ahora se ha hecho normalmente.
El decir que este impuesto ha sido eliminado en su totalidad es mentira pues hay que pagar al menos 729 pesos al año para poder gozar de este beneficio. El gobierno federal intento disfrazar la eliminación de este impuesto tal vez para fines políticos como promesas de campaña. Ahora saber cómo se compensara la pérdida es una duda que tenemos todos los contribuyentes del país puesto que lo que tememos es que aumentaran los impuestos o surgirá alguno nuevo.
La recaudación que se hacía a través del impuesto a la tenencia y uso de vehículos era en su mayoría utilizada para la construcción de infraestructura vial, por tanto para goce de los usuarios que pagaban dicho impuesto tanto como para los que no tenían auto pero para llegar a su destino se ven obligados a utilizar transporte público.
Por otro lado está el subsidio que la recaudación de la tenencia destinaba a sistema de transporte colectivo metro. Ya que como dijo el jefe de gobierno capitalino Marcelo Ebrard sin este impuesto el precio del boleto tendrá que subir indiscutiblemente afectando a los usuarios de este servicio.
Sin esta recaudación sigue siendo inevitable preguntarse ¿De dónde el gobierno federal y estatal obtendrá los recursos para seguir manteniendo estable la infraestructura vial de todo el país tanto como para los otros servicios que se mantenían a base de la tenencia?
Escrito por
castellanos ramirez ana karen
ruiz carmona ameyali nayeli
rendon coria laura stephanie
Para ser candidato al beneficio del subsidio es necesario cumplir ciertos requisitos tales como:
· el costo del vehículo debe ser menor a 350,000 pesos (sin IVA)
· pago de refrendo vehicular (334 pesos anuales)
· no tener adeudos con la tesorería del gobierno por concepto de impuesto o servicios locales (predial, agua o tenencias atrasadas)
· pagar el refrendo de placas antes del 2 de abril de 2012 el cual será un cargo anual que en el año en curso tendrá un costo de 395 pesos.
Este será el panorama de la tenencia en 2012
· Sonora._ en suspenso de aprobación del paquete económico
· Baja california._ se mantiene para vehículos de mas de $500,000
· Baja california sur._ se mantiene como impuesto local
· Sinaloa._ se mantiene como impuesto local para personas físicas con actividad empresarial y personas morales
· Durango._ se subsidia el 100%
· Zacatecas._ subsidio del 100% para vehículos de hasta $200,000
· Nayarit._ se mantiene como impuesto local
· Aguascalientes._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Jalisco._ eliminado
· Colima._ se subsidia el 100%
· Guanajuato._ eliminado
· Michoacán._ se subsidia el 100%
· Estado de México._ se mantiene para vehículos de mas de $350,000
· Guerrero._ eliminado
· Morelos._ eliminado
· Puebla._ se subsidia el 100%
· Oaxaca._ se mantiene como impuesto local
· Chiapas._ eliminado
· Campeche._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Quintana roo._ se subsidia el 100%
· Yucatán._ subsidio del 100% para vehículos con valor menor a $300,000
· Tabasco._ subsidio entre 50 y 85%
· Veracruz._ se mantiene para vehículos de mas de $230,000
· Tlaxcala._ eliminado
· DF._ se mantiene para vehículos de mas de $350,000
· Hidalgo._ se mantiene para vehículos de mas de $351,000
· Querétaro._ se mantiene para vehículos de mas de $400,000
· Tamaulipas._ subsidio del 100%
· San Luis potosí._ se mantiene para autos nuevos y de 10 años de antigüedad. Subsidio del 50% para vehículos de hasta $150,000
· Nuevo león._ se mantiene para vehículos entre 2008 y 2012
· Coahuila._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Chihuahua._ se cobra impuesto local de %1000. Habrá unas 10 alcaldías que cobraran un impuesto local.
Como ya se ha mencionado el beneficio solo es un subsidio no una eliminación, por lo tanto si no se cumplen con los requisitos mencionados se tendrá que pagar la tenencia como hasta ahora se ha hecho normalmente.
El decir que este impuesto ha sido eliminado en su totalidad es mentira pues hay que pagar al menos 729 pesos al año para poder gozar de este beneficio. El gobierno federal intento disfrazar la eliminación de este impuesto tal vez para fines políticos como promesas de campaña. Ahora saber cómo se compensara la pérdida es una duda que tenemos todos los contribuyentes del país puesto que lo que tememos es que aumentaran los impuestos o surgirá alguno nuevo.
La recaudación que se hacía a través del impuesto a la tenencia y uso de vehículos era en su mayoría utilizada para la construcción de infraestructura vial, por tanto para goce de los usuarios que pagaban dicho impuesto tanto como para los que no tenían auto pero para llegar a su destino se ven obligados a utilizar transporte público.
Por otro lado está el subsidio que la recaudación de la tenencia destinaba a sistema de transporte colectivo metro. Ya que como dijo el jefe de gobierno capitalino Marcelo Ebrard sin este impuesto el precio del boleto tendrá que subir indiscutiblemente afectando a los usuarios de este servicio.
Sin esta recaudación sigue siendo inevitable preguntarse ¿De dónde el gobierno federal y estatal obtendrá los recursos para seguir manteniendo estable la infraestructura vial de todo el país tanto como para los otros servicios que se mantenían a base de la tenencia?
Escrito por
castellanos ramirez ana karen
ruiz carmona ameyali nayeli
rendon coria laura stephanie
¿Se elimino la tenencia?
En realidad este impuesto no se ha eliminado aunque Felipe Calderón anuncio que a partir del 1° de enero del 2012 los propietarios de los vehículos dejaran de pagar dicho impuesto pero fue eliminado como impuesto federal mas no como impuesto local y queda a disposición de cada estado subsidiarlo, eliminarlo o mantenerlo.
Para ser candidato al beneficio del subsidio es necesario cumplir ciertos requisitos tales como:
· el costo del vehículo debe ser menor a 350,000 pesos (sin IVA)
· pago de refrendo vehicular (334 pesos anuales)
· no tener adeudos con la tesorería del gobierno por concepto de impuesto o servicios locales (predial, agua o tenencias atrasadas)
· pagar el refrendo de placas antes del 2 de abril de 2012 el cual será un cargo anual que en el año en curso tendrá un costo de 395 pesos.
Este será el panorama de la tenencia en 2012
· Sonora._ en suspenso de aprobación del paquete económico
· Baja california._ se mantiene para vehículos de mas de $500,000
· Baja california sur._ se mantiene como impuesto local
· Sinaloa._ se mantiene como impuesto local para personas físicas con actividad empresarial y personas morales
· Durango._ se subsidia el 100%
· Zacatecas._ subsidio del 100% para vehículos de hasta $200,000
· Nayarit._ se mantiene como impuesto local
· Aguascalientes._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Jalisco._ eliminado
· Colima._ se subsidia el 100%
· Guanajuato._ eliminado
· Michoacán._ se subsidia el 100%
· Estado de México._ se mantiene para vehículos de mas de $350,000
· Guerrero._ eliminado
· Morelos._ eliminado
· Puebla._ se subsidia el 100%
· Oaxaca._ se mantiene como impuesto local
· Chiapas._ eliminado
· Campeche._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Quintana roo._ se subsidia el 100%
· Yucatán._ subsidio del 100% para vehículos con valor menor a $300,000
· Tabasco._ subsidio entre 50 y 85%
· Veracruz._ se mantiene para vehículos de mas de $230,000
· Tlaxcala._ eliminado
· DF._ se mantiene para vehículos de mas de $350,000
· Hidalgo._ se mantiene para vehículos de mas de $351,000
· Querétaro._ se mantiene para vehículos de mas de $400,000
· Tamaulipas._ subsidio del 100%
· San Luis potosí._ se mantiene para autos nuevos y de 10 años de antigüedad. Subsidio del 50% para vehículos de hasta $150,000
· Nuevo león._ se mantiene para vehículos entre 2008 y 2012
· Coahuila._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Chihuahua._ se cobra impuesto local de %1000. Habrá unas 10 alcaldías que cobraran un impuesto local.
Como ya se ha mencionado el beneficio solo es un subsidio no una eliminación, por lo tanto si no se cumplen con los requisitos mencionados se tendrá que pagar la tenencia como hasta ahora se ha hecho normalmente.
El decir que este impuesto ha sido eliminado en su totalidad es mentira pues hay que pagar al menos 729 pesos al año para poder gozar de este beneficio. El gobierno federal intento disfrazar la eliminación de este impuesto tal vez para fines políticos como promesas de campaña. Ahora saber cómo se compensara la pérdida es una duda que tenemos todos los contribuyentes del país puesto que lo que tememos es que aumentaran los impuestos o surgirá alguno nuevo.
La recaudación que se hacía a través del impuesto a la tenencia y uso de vehículos era en su mayoría utilizada para la construcción de infraestructura vial, por tanto para goce de los usuarios que pagaban dicho impuesto tanto como para los que no tenían auto pero para llegar a su destino se ven obligados a utilizar transporte público.
Por otro lado está el subsidio que la recaudación de la tenencia destinaba a sistema de transporte colectivo metro. Ya que como dijo el jefe de gobierno capitalino Marcelo Ebrard sin este impuesto el precio del boleto tendrá que subir indiscutiblemente afectando a los usuarios de este servicio.
Sin esta recaudación sigue siendo inevitable preguntarse ¿De dónde el gobierno federal y estatal obtendrá los recursos para seguir manteniendo estable la infraestructura vial de todo el país tanto como para los otros servicios que se mantenían a base de la tenencia?
Escrito por
castellanos ramirez ana karen
ruiz carmona ameyali nayeli
rendon coria laura stephanie
Para ser candidato al beneficio del subsidio es necesario cumplir ciertos requisitos tales como:
· el costo del vehículo debe ser menor a 350,000 pesos (sin IVA)
· pago de refrendo vehicular (334 pesos anuales)
· no tener adeudos con la tesorería del gobierno por concepto de impuesto o servicios locales (predial, agua o tenencias atrasadas)
· pagar el refrendo de placas antes del 2 de abril de 2012 el cual será un cargo anual que en el año en curso tendrá un costo de 395 pesos.
Este será el panorama de la tenencia en 2012
· Sonora._ en suspenso de aprobación del paquete económico
· Baja california._ se mantiene para vehículos de mas de $500,000
· Baja california sur._ se mantiene como impuesto local
· Sinaloa._ se mantiene como impuesto local para personas físicas con actividad empresarial y personas morales
· Durango._ se subsidia el 100%
· Zacatecas._ subsidio del 100% para vehículos de hasta $200,000
· Nayarit._ se mantiene como impuesto local
· Aguascalientes._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Jalisco._ eliminado
· Colima._ se subsidia el 100%
· Guanajuato._ eliminado
· Michoacán._ se subsidia el 100%
· Estado de México._ se mantiene para vehículos de mas de $350,000
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· Campeche._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Quintana roo._ se subsidia el 100%
· Yucatán._ subsidio del 100% para vehículos con valor menor a $300,000
· Tabasco._ subsidio entre 50 y 85%
· Veracruz._ se mantiene para vehículos de mas de $230,000
· Tlaxcala._ eliminado
· DF._ se mantiene para vehículos de mas de $350,000
· Hidalgo._ se mantiene para vehículos de mas de $351,000
· Querétaro._ se mantiene para vehículos de mas de $400,000
· Tamaulipas._ subsidio del 100%
· San Luis potosí._ se mantiene para autos nuevos y de 10 años de antigüedad. Subsidio del 50% para vehículos de hasta $150,000
· Nuevo león._ se mantiene para vehículos entre 2008 y 2012
· Coahuila._ se mantiene para vehículos de mas de $200,000
· Chihuahua._ se cobra impuesto local de %1000. Habrá unas 10 alcaldías que cobraran un impuesto local.
Como ya se ha mencionado el beneficio solo es un subsidio no una eliminación, por lo tanto si no se cumplen con los requisitos mencionados se tendrá que pagar la tenencia como hasta ahora se ha hecho normalmente.
El decir que este impuesto ha sido eliminado en su totalidad es mentira pues hay que pagar al menos 729 pesos al año para poder gozar de este beneficio. El gobierno federal intento disfrazar la eliminación de este impuesto tal vez para fines políticos como promesas de campaña. Ahora saber cómo se compensara la pérdida es una duda que tenemos todos los contribuyentes del país puesto que lo que tememos es que aumentaran los impuestos o surgirá alguno nuevo.
La recaudación que se hacía a través del impuesto a la tenencia y uso de vehículos era en su mayoría utilizada para la construcción de infraestructura vial, por tanto para goce de los usuarios que pagaban dicho impuesto tanto como para los que no tenían auto pero para llegar a su destino se ven obligados a utilizar transporte público.
Por otro lado está el subsidio que la recaudación de la tenencia destinaba a sistema de transporte colectivo metro. Ya que como dijo el jefe de gobierno capitalino Marcelo Ebrard sin este impuesto el precio del boleto tendrá que subir indiscutiblemente afectando a los usuarios de este servicio.
Sin esta recaudación sigue siendo inevitable preguntarse ¿De dónde el gobierno federal y estatal obtendrá los recursos para seguir manteniendo estable la infraestructura vial de todo el país tanto como para los otros servicios que se mantenían a base de la tenencia?
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castellanos ramirez ana karen
ruiz carmona ameyali nayeli
rendon coria laura stephanie
miércoles, 10 de agosto de 2011
IMPUESTOS INDIRECTOS UNA FORMA DE RECAUDACION EXITOSA
Según el estudio realizado por KPMG Abogados en 106 países, se pone de manifiesto que los tipos de gravamen en los impuestos sobre sociedades no han aumentado por primera vez en 14 años. Sin embargo, la existencia de una mayor base fiscal y medidas de cumplimiento cada vez más estrictas hacen que los impuestos indirectos obtengan mayor relevancia en todo el mundo.
Para KPMG, los tipos de gravamen en los impuestos sobre sociedades han seguido bajando durante el pasado año, mientras que los gobiernos de todo el mundo impulsan y refuerzan los impuestos indirectos sobre bienes y servicios para compensar el descenso de ingresos resultante en las arcas públicas. Por su parte, en Europa se ha paralizado el descenso que se estaba produciendo en los últimos años en los impuestos sobre sociedades, mientras que los indirectos mayoritariamente está creciendo, como podemos observar claramente en el IVA. Todo ello provocará los consumidores serán los que terminen pagando el elevado endeudamiento estatal.
A nivel mundial, el tipo medio de los impuestos indirectos se coloca en el 15,7 %, cifra que apenas modificada en los últimos cinco años. Sin embargo, los impuestos indirectos de la UE (Impuestos sobre Bienes y Servicios o Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA) son los más altos del mundo, alcanzando el 19,49 %.
En los últimos años hemos sido testigos de como todos los gobiernos del mundo empezaban a dar una mayor importancia a a los impuestos indirectos, pero ha sido a lo largo de 2009 cuando esta tendencia se ha hecho aún más obvia.
1. Los impuestos indirectos no han experimentado cambios en general, mientras que los recortes en los impuestos sobre sociedades han sido continuos.
2. Cada vez son más los gobiernos que están introduciendo sistemas de impuestos indirectos (actualmente 135 países cuentan con estos sistemas y otros tienen ya previsto su implantación).
3. Progresivamente son más las operaciones o actividades a las que se aplica este tipo de impuestos, y las autoridades tributarias cada vez son más eficientes en la recaudación de estos impuestos indirectos.
Ejemplos de impuestos existentes
Impuesto sobre el Valor Agregado o Añadido (IVA): se aplica a artículos vendidos y según el producto varía la carga del impuesto. En España es del 18%. En Guatemala es del 12%. En México por ejemplo, aumentó del 15 al 16%(excepto las franjas fronterizas (norte y sur de México) que aumentó de 10 a 11%). En Argentina es del 21% (con algunas pocas excepciones en algunos productos).En Chile es de un 19%, en Perú es del 18%.En Paraguay es el 10% 5% Ecuador el 12% y en El Salvador es del 13%
Impuesto sobre la Renta (IRPF):
Impuesto sobre Sociedades (España).
Impuesto de circulación: se aplica a vehículos. En España depende de la cilindrada y del número de cilindros
Impuesto sobre hidrocarburos: se aplica a los carburantes y constituye la mayor parte del precio de estos.
Impuesto a la herencia o Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Impuesto al alcohol.
Impuesto al tabaco.
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Impuestos de los Ayuntamientos.
Impuesto de la tenencia o uso de vehículos en México.
Impuesto a la ganancia presunta (un impuesto de emergencia en Argentina)..
Impuesto a los Depositos en Efectivo (IDE)en México
Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU)en México
Los impuestos indirectos se aplican sobre actividades económicas las cuales se producen en forma indirecta y gravan en la producción, el tráfico y el consumo, es decir, que dependen de las características del producto y del consumo; afectan patrimonialmente a personas distintas del contribuyente. Tales son los impuestos más conocidos como: IEPS, ISR e IVA impuestos más comunes y aplicables en México.
El IVA grava los actos de consumo y está financiado por el consumidor final, ya que sobre él recae el pago del impuesto. Se trata de un impuesto regresivo, ya que no se cobra a todos los ciudadanos por igual. Por lo regular este impuesto es trasladable de personas morales a personas físicas.
El ISR grava sobre los actos o actividades que generan una utilidad tal es el caso de las empresas que están obligadas al pago del impuesto.
Cabe mencionar que el principal autor del pago de estos 2 impuestos involucra a muchos mexicanos aunque no los que correspondería si tomamos en cuenta a la población en su conjunto.
Un factor muy importante para describir como los impuestos indirectos se recaudan exitosamente es en base a las datos recaudados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el listado de contribuyentes activos fluctúa alrededor de los 19 millones de personas (en un universo de 39.5 millones que componen a la población económicamente activa). De ese total, 13 millones son asalariados cautivos. Los seis millones de contribuyentes restantes son empresas e individuos que están dedicados a diversas actividades económicas. Pero en general, la carga fiscal está muy mal distribuida: menos de dos mil compañías representan el 65 por ciento del total recaudado por impuestos, mientras que los asalariados contribuyen con aproximadamente el 10 por ciento del total.
También de acuerdo al SAT se describe las siguientes cantidades de la recaudación de estos 2 impuestos:
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) alcanzó la cifra más alta de recaudación, al ubicarse en 5.37% del PIB, en 2007, informó el organismo a cargo de José María Zubiría.
En 1994, la recaudación del ISR fue de 5.13% del PIB, la cual era el máximo que se tenía en materia de recaudación empresarial. De igual forma, el IVA alcanzó el nivel más elevado, en 2007, con un rango de 4.17% del PIB, nivel ligeramente superior al de una año antes.
En años de expansión económica, estos dos impuestos aumentan significativamente su recaudación. Por su parte, el IVA parece ser una fuente más estable de ingresos para el sector público
De acuerdo a estos datos obtenidos el crecimiento del pago de los impuestos indirectos han ido en forma creciente desde 2007, lo cual nos brinda un crecimiento en el PIB que significa un beneficio en el aumento del salario mínimo ante la sociedad
IEPS (Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios)
Como su mismo nombre lo dice es un impuesto especial que grava sobre bienes y servicios. Algunas veces a determinados bienes se les establece una tasa especial.
Se encuentran determinadas por características que hacen que su recaudación sea constante y exitosa para que se obtenga mayor riqueza en base a la aplicación del IEPS. Por ejemplo:
Los bienes que se gravan con un impuesto adicional aunque se aumente el precio su consumo no disminuye. Al igual que las ventas y producción identificables se encuentran reguladas por el Gobierno.
El éxito del IEPS es que grava sobre todos los productores y fabricadores no en los consumidores, también el impuesto se calcula en importaciones e incluso grava en combustibles que son indispensables que son calculados en base a precios internacionales de cambio.
Es un impuesto que produce una gran recaudación tan solo
En los primeros siete meses del 2010, los ingresos por concepto de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) fueron los de mayor avance, con un crecimiento de 27.7%, que se atribuye al aumento en el impuesto al tabaco y a 3% del gravamen a las telecomunicaciones.
El impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), captó 4 mil 46.9 millones de pesos para el 2011.
Ahora bien si en México no existirían estos impuestos como lo son ISR, IVA e IEPS primeramente el gobierno podría cubrir los gastos en servicios públicos, obras públicas y beneficios que obtienen los obreros como los subsidios. También el gobierno dejaría de proporcionar a ayuda económica a las familias más necesitadas, no implementaría programas de becas para los estudiantes y no apoyaría a necesidades indispensables de los ciudadanos.
Al mismo tiempo, existe una relación directa entre el PIB per cápita y la recaudación como porcentaje del PIB. Esto es, que para aumentar la recaudación es necesario también elevar el PIB per cápita de México, lo cual quiere decir, que al no obtener ingresos mediante los impuestos indirectos el PIB sería el mayor afectado y la economía mexicana disminuirá.
CONCLUSION
En conclusión estos impuestos indirectos son de gran importancia para aumentar la economía en el país y como lo vimos anteriormente si tan solo en mexico existiría una buena política de impuestos e implementaran las tasas, asi de esta manera solamente se necesitara que todo lo que se recauda se distribuya en forma eficiencia y pueda ayudar a la economía de los que mas necesitan.
En México, el sistema de impuestos es muy sofisticado y ha sido continuamente modificado. Si bien la mayor parte de las reglas impositivas están diseñadas para no interferir en la asignación de los factores, existen diversos estudios que sugieren que nuestro sistema continúa afectando su distribución. Tal es el caso de no contar con leyes que puedan adquirir el pago del impuesto por el comercio informal, el bajo porcentaje cobrado en las fronteras del IVA siendo solo del 10% y la evasión fiscal.
. Al mismo tiempo, las posibilidades de deducción del impuesto, por el lado del ISR, son muy restringidas, por lo que la solicitud de esas facturas es generalmente inútil para el consumidor final.
Para KPMG, los tipos de gravamen en los impuestos sobre sociedades han seguido bajando durante el pasado año, mientras que los gobiernos de todo el mundo impulsan y refuerzan los impuestos indirectos sobre bienes y servicios para compensar el descenso de ingresos resultante en las arcas públicas. Por su parte, en Europa se ha paralizado el descenso que se estaba produciendo en los últimos años en los impuestos sobre sociedades, mientras que los indirectos mayoritariamente está creciendo, como podemos observar claramente en el IVA. Todo ello provocará los consumidores serán los que terminen pagando el elevado endeudamiento estatal.
A nivel mundial, el tipo medio de los impuestos indirectos se coloca en el 15,7 %, cifra que apenas modificada en los últimos cinco años. Sin embargo, los impuestos indirectos de la UE (Impuestos sobre Bienes y Servicios o Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA) son los más altos del mundo, alcanzando el 19,49 %.
En los últimos años hemos sido testigos de como todos los gobiernos del mundo empezaban a dar una mayor importancia a a los impuestos indirectos, pero ha sido a lo largo de 2009 cuando esta tendencia se ha hecho aún más obvia.
1. Los impuestos indirectos no han experimentado cambios en general, mientras que los recortes en los impuestos sobre sociedades han sido continuos.
2. Cada vez son más los gobiernos que están introduciendo sistemas de impuestos indirectos (actualmente 135 países cuentan con estos sistemas y otros tienen ya previsto su implantación).
3. Progresivamente son más las operaciones o actividades a las que se aplica este tipo de impuestos, y las autoridades tributarias cada vez son más eficientes en la recaudación de estos impuestos indirectos.
Ejemplos de impuestos existentes
Impuesto sobre el Valor Agregado o Añadido (IVA): se aplica a artículos vendidos y según el producto varía la carga del impuesto. En España es del 18%. En Guatemala es del 12%. En México por ejemplo, aumentó del 15 al 16%(excepto las franjas fronterizas (norte y sur de México) que aumentó de 10 a 11%). En Argentina es del 21% (con algunas pocas excepciones en algunos productos).En Chile es de un 19%, en Perú es del 18%.En Paraguay es el 10% 5% Ecuador el 12% y en El Salvador es del 13%
Impuesto sobre la Renta (IRPF):
Impuesto sobre Sociedades (España).
Impuesto de circulación: se aplica a vehículos. En España depende de la cilindrada y del número de cilindros
Impuesto sobre hidrocarburos: se aplica a los carburantes y constituye la mayor parte del precio de estos.
Impuesto a la herencia o Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Impuesto al alcohol.
Impuesto al tabaco.
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Impuestos de los Ayuntamientos.
Impuesto de la tenencia o uso de vehículos en México.
Impuesto a la ganancia presunta (un impuesto de emergencia en Argentina)..
Impuesto a los Depositos en Efectivo (IDE)en México
Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU)en México
Los impuestos indirectos se aplican sobre actividades económicas las cuales se producen en forma indirecta y gravan en la producción, el tráfico y el consumo, es decir, que dependen de las características del producto y del consumo; afectan patrimonialmente a personas distintas del contribuyente. Tales son los impuestos más conocidos como: IEPS, ISR e IVA impuestos más comunes y aplicables en México.
El IVA grava los actos de consumo y está financiado por el consumidor final, ya que sobre él recae el pago del impuesto. Se trata de un impuesto regresivo, ya que no se cobra a todos los ciudadanos por igual. Por lo regular este impuesto es trasladable de personas morales a personas físicas.
El ISR grava sobre los actos o actividades que generan una utilidad tal es el caso de las empresas que están obligadas al pago del impuesto.
Cabe mencionar que el principal autor del pago de estos 2 impuestos involucra a muchos mexicanos aunque no los que correspondería si tomamos en cuenta a la población en su conjunto.
Un factor muy importante para describir como los impuestos indirectos se recaudan exitosamente es en base a las datos recaudados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el listado de contribuyentes activos fluctúa alrededor de los 19 millones de personas (en un universo de 39.5 millones que componen a la población económicamente activa). De ese total, 13 millones son asalariados cautivos. Los seis millones de contribuyentes restantes son empresas e individuos que están dedicados a diversas actividades económicas. Pero en general, la carga fiscal está muy mal distribuida: menos de dos mil compañías representan el 65 por ciento del total recaudado por impuestos, mientras que los asalariados contribuyen con aproximadamente el 10 por ciento del total.
También de acuerdo al SAT se describe las siguientes cantidades de la recaudación de estos 2 impuestos:
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) alcanzó la cifra más alta de recaudación, al ubicarse en 5.37% del PIB, en 2007, informó el organismo a cargo de José María Zubiría.
En 1994, la recaudación del ISR fue de 5.13% del PIB, la cual era el máximo que se tenía en materia de recaudación empresarial. De igual forma, el IVA alcanzó el nivel más elevado, en 2007, con un rango de 4.17% del PIB, nivel ligeramente superior al de una año antes.
En años de expansión económica, estos dos impuestos aumentan significativamente su recaudación. Por su parte, el IVA parece ser una fuente más estable de ingresos para el sector público
De acuerdo a estos datos obtenidos el crecimiento del pago de los impuestos indirectos han ido en forma creciente desde 2007, lo cual nos brinda un crecimiento en el PIB que significa un beneficio en el aumento del salario mínimo ante la sociedad
IEPS (Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios)
Como su mismo nombre lo dice es un impuesto especial que grava sobre bienes y servicios. Algunas veces a determinados bienes se les establece una tasa especial.
Se encuentran determinadas por características que hacen que su recaudación sea constante y exitosa para que se obtenga mayor riqueza en base a la aplicación del IEPS. Por ejemplo:
Los bienes que se gravan con un impuesto adicional aunque se aumente el precio su consumo no disminuye. Al igual que las ventas y producción identificables se encuentran reguladas por el Gobierno.
El éxito del IEPS es que grava sobre todos los productores y fabricadores no en los consumidores, también el impuesto se calcula en importaciones e incluso grava en combustibles que son indispensables que son calculados en base a precios internacionales de cambio.
Es un impuesto que produce una gran recaudación tan solo
En los primeros siete meses del 2010, los ingresos por concepto de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) fueron los de mayor avance, con un crecimiento de 27.7%, que se atribuye al aumento en el impuesto al tabaco y a 3% del gravamen a las telecomunicaciones.
El impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), captó 4 mil 46.9 millones de pesos para el 2011.
Ahora bien si en México no existirían estos impuestos como lo son ISR, IVA e IEPS primeramente el gobierno podría cubrir los gastos en servicios públicos, obras públicas y beneficios que obtienen los obreros como los subsidios. También el gobierno dejaría de proporcionar a ayuda económica a las familias más necesitadas, no implementaría programas de becas para los estudiantes y no apoyaría a necesidades indispensables de los ciudadanos.
Al mismo tiempo, existe una relación directa entre el PIB per cápita y la recaudación como porcentaje del PIB. Esto es, que para aumentar la recaudación es necesario también elevar el PIB per cápita de México, lo cual quiere decir, que al no obtener ingresos mediante los impuestos indirectos el PIB sería el mayor afectado y la economía mexicana disminuirá.
CONCLUSION
En conclusión estos impuestos indirectos son de gran importancia para aumentar la economía en el país y como lo vimos anteriormente si tan solo en mexico existiría una buena política de impuestos e implementaran las tasas, asi de esta manera solamente se necesitara que todo lo que se recauda se distribuya en forma eficiencia y pueda ayudar a la economía de los que mas necesitan.
En México, el sistema de impuestos es muy sofisticado y ha sido continuamente modificado. Si bien la mayor parte de las reglas impositivas están diseñadas para no interferir en la asignación de los factores, existen diversos estudios que sugieren que nuestro sistema continúa afectando su distribución. Tal es el caso de no contar con leyes que puedan adquirir el pago del impuesto por el comercio informal, el bajo porcentaje cobrado en las fronteras del IVA siendo solo del 10% y la evasión fiscal.
. Al mismo tiempo, las posibilidades de deducción del impuesto, por el lado del ISR, son muy restringidas, por lo que la solicitud de esas facturas es generalmente inútil para el consumidor final.
lunes, 25 de julio de 2011
IMPUESTOS INDIRECTOS UNA FORMA DE RECAUDACION EXITOSA
Según el estudio realizado por KPMG Abogados en 106 países, se pone de manifiesto que los tipos de gravamen en los impuestos sobre sociedades no han aumentado por primera vez en 14 años. Sin embargo, la existencia de una mayor base fiscal y medidas de cumplimiento cada vez más estrictas hacen que los impuestos indirectos obtengan mayor relevancia en todo el mundo.
Para KPMG, los tipos de gravamen en los impuestos sobre sociedades han seguido bajando durante el pasado año, mientras que los gobiernos de todo el mundo impulsan y refuerzan los impuestos indirectos sobre bienes y servicios para compensar el descenso de ingresos resultante en las arcas públicas. Por su parte, en Europa se ha paralizado el descenso que se estaba produciendo en los últimos años en los impuestos sobre sociedades, mientras que los indirectos mayoritariamente está creciendo, como podemos observar claramente en el IVA. Todo ello provocará los consumidores serán los que terminen pagando el elevado endeudamiento estatal.
A nivel mundial, el tipo medio de los impuestos indirectos se coloca en el 15,7 %, cifra que apenas modificada en los últimos cinco años. Sin embargo, los impuestos indirectos de la UE (Impuestos sobre Bienes y Servicios o Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA) son los más altos del mundo, alcanzando el 19,49 %.
En los últimos años hemos sido testigos de como todos los gobiernos del mundo empezaban a dar una mayor importancia a a los impuestos indirectos, pero ha sido a lo largo de 2009 cuando esta tendencia se ha hecho aún más obvia.
1. Los impuestos indirectos no han experimentado cambios en general, mientras que los recortes en los impuestos sobre sociedades han sido continuos.
2. Cada vez son más los gobiernos que están introduciendo sistemas de impuestos indirectos (actualmente 135 países cuentan con estos sistemas y otros tienen ya previsto su implantación).
3. Progresivamente son más las operaciones o actividades a las que se aplica este tipo de impuestos, y las autoridades tributarias cada vez son más eficientes en la recaudación de estos impuestos indirectos.
Ejemplos de impuestos existentes
Impuesto sobre el Valor Agregado o Añadido (IVA): se aplica a artículos vendidos y según el producto varía la carga del impuesto. En España es del 18%. En Guatemala es del 12%. En México por ejemplo, aumentó del 15 al 16%(excepto las franjas fronterizas (norte y sur de México) que aumentó de 10 a 11%). En Argentina es del 21% (con algunas pocas excepciones en algunos productos).En Chile es de un 19%, en Perú es del 18%.En Paraguay es el 10% 5% Ecuador el 12% y en El Salvador es del 13%
Impuesto sobre la Renta (IRPF):
Impuesto sobre Sociedades (España).
Impuesto de circulación: se aplica a vehículos. En España depende de la cilindrada y del número de cilindros
Impuesto sobre hidrocarburos: se aplica a los carburantes y constituye la mayor parte del precio de estos.
Impuesto a la herencia o Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Impuesto al alcohol.
Impuesto al tabaco.
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Impuestos de los Ayuntamientos.
Impuesto de la tenencia o uso de vehículos en México.
Impuesto a la ganancia presunta (un impuesto de emergencia en Argentina)..
Impuesto a los Depositos en Efectivo (IDE)en México
Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU)en México
Los impuestos indirectos se aplican sobre actividades económicas las cuales se producen en forma indirecta y gravan en la producción, el tráfico y el consumo, es decir, que dependen de las características del producto y del consumo; afectan patrimonialmente a personas distintas del contribuyente. Tales son los impuestos más conocidos como: IEPS, ISR e IVA impuestos más comunes y aplicables en México.
El IVA grava los actos de consumo y está financiado por el consumidor final, ya que sobre él recae el pago del impuesto. Se trata de un impuesto regresivo, ya que no se cobra a todos los ciudadanos por igual. Por lo regular este impuesto es trasladable de personas morales a personas físicas.
El ISR grava sobre los actos o actividades que generan una utilidad tal es el caso de las empresas que están obligadas al pago del impuesto.
Cabe mencionar que el principal autor del pago de estos 2 impuestos involucra a muchos mexicanos aunque no los que correspondería si tomamos en cuenta a la población en su conjunto.
Un factor muy importante para describir como los impuestos indirectos se recaudan exitosamente es en base a las datos recaudados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el listado de contribuyentes activos fluctúa alrededor de los 19 millones de personas (en un universo de 39.5 millones que componen a la población económicamente activa). De ese total, 13 millones son asalariados cautivos. Los seis millones de contribuyentes restantes son empresas e individuos que están dedicados a diversas actividades económicas. Pero en general, la carga fiscal está muy mal distribuida: menos de dos mil compañías representan el 65 por ciento del total recaudado por impuestos, mientras que los asalariados contribuyen con aproximadamente el 10 por ciento del total.
También de acuerdo al SAT se describe las siguientes cantidades de la recaudación de estos 2 impuestos:
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) alcanzó la cifra más alta de recaudación, al ubicarse en 5.37% del PIB, en 2007, informó el organismo a cargo de José María Zubiría.
En 1994, la recaudación del ISR fue de 5.13% del PIB, la cual era el máximo que se tenía en materia de recaudación empresarial. De igual forma, el IVA alcanzó el nivel más elevado, en 2007, con un rango de 4.17% del PIB, nivel ligeramente superior al de una año antes.
En años de expansión económica, estos dos impuestos aumentan significativamente su recaudación. Por su parte, el IVA parece ser una fuente más estable de ingresos para el sector público
De acuerdo a estos datos obtenidos el crecimiento del pago de los impuestos indirectos han ido en forma creciente desde 2007, lo cual nos brinda un crecimiento en el PIB que significa un beneficio en el aumento del salario mínimo ante la sociedad
IEPS (Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios)
Como su mismo nombre lo dice es un impuesto especial que grava sobre bienes y servicios. Algunas veces a determinados bienes se les establece una tasa especial.
Se encuentran determinadas por características que hacen que su recaudación sea constante y exitosa para que se obtenga mayor riqueza en base a la aplicación del IEPS. Por ejemplo:
Los bienes que se gravan con un impuesto adicional aunque se aumente el precio su consumo no disminuye. Al igual que las ventas y producción identificables se encuentran reguladas por el Gobierno.
El éxito del IEPS es que grava sobre todos los productores y fabricadores no en los consumidores, también el impuesto se calcula en importaciones e incluso grava en combustibles que son indispensables que son calculados en base a precios internacionales de cambio.
Es un impuesto que produce una gran recaudación tan solo
En los primeros siete meses del 2010, los ingresos por concepto de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) fueron los de mayor avance, con un crecimiento de 27.7%, que se atribuye al aumento en el impuesto al tabaco y a 3% del gravamen a las telecomunicaciones.
El impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), captó 4 mil 46.9 millones de pesos para el 2011.
Ahora bien si en México no existirían estos impuestos como lo son ISR, IVA e IEPS primeramente el gobierno podría cubrir los gastos en servicios públicos, obras públicas y beneficios que obtienen los obreros como los subsidios. También el gobierno dejaría de proporcionar a ayuda económica a las familias más necesitadas, no implementaría programas de becas para los estudiantes y no apoyaría a necesidades indispensables de los ciudadanos.
Al mismo tiempo, existe una relación directa entre el PIB per cápita y la recaudación como porcentaje del PIB. Esto es, que para aumentar la recaudación es necesario también elevar el PIB per cápita de México, lo cual quiere decir, que al no obtener ingresos mediante los impuestos indirectos el PIB sería el mayor afectado y la economía mexicana disminuirá.
CONCLUSION
En conclusión estos impuestos indirectos son de gran importancia para aumentar la economía en el país y como lo vimos anteriormente si tan solo en mexico existiría una buena política de impuestos e implementaran las tasas, asi de esta manera solamente se necesitara que todo lo que se recauda se distribuya en forma eficiencia y pueda ayudar a la economía de los que mas necesitan.
En México, el sistema de impuestos es muy sofisticado y ha sido continuamente modificado. Si bien la mayor parte de las reglas impositivas están diseñadas para no interferir en la asignación de los factores, existen diversos estudios que sugieren que nuestro sistema continúa afectando su distribución. Tal es el caso de no contar con leyes que puedan adquirir el pago del impuesto por el comercio informal, el bajo porcentaje cobrado en las fronteras del IVA siendo solo del 10% y la evasión fiscal.
. Al mismo tiempo, las posibilidades de deducción del impuesto, por el lado del ISR, son muy restringidas, por lo que la solicitud de esas facturas es generalmente inútil para el consumidor final.
Para KPMG, los tipos de gravamen en los impuestos sobre sociedades han seguido bajando durante el pasado año, mientras que los gobiernos de todo el mundo impulsan y refuerzan los impuestos indirectos sobre bienes y servicios para compensar el descenso de ingresos resultante en las arcas públicas. Por su parte, en Europa se ha paralizado el descenso que se estaba produciendo en los últimos años en los impuestos sobre sociedades, mientras que los indirectos mayoritariamente está creciendo, como podemos observar claramente en el IVA. Todo ello provocará los consumidores serán los que terminen pagando el elevado endeudamiento estatal.
A nivel mundial, el tipo medio de los impuestos indirectos se coloca en el 15,7 %, cifra que apenas modificada en los últimos cinco años. Sin embargo, los impuestos indirectos de la UE (Impuestos sobre Bienes y Servicios o Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA) son los más altos del mundo, alcanzando el 19,49 %.
En los últimos años hemos sido testigos de como todos los gobiernos del mundo empezaban a dar una mayor importancia a a los impuestos indirectos, pero ha sido a lo largo de 2009 cuando esta tendencia se ha hecho aún más obvia.
1. Los impuestos indirectos no han experimentado cambios en general, mientras que los recortes en los impuestos sobre sociedades han sido continuos.
2. Cada vez son más los gobiernos que están introduciendo sistemas de impuestos indirectos (actualmente 135 países cuentan con estos sistemas y otros tienen ya previsto su implantación).
3. Progresivamente son más las operaciones o actividades a las que se aplica este tipo de impuestos, y las autoridades tributarias cada vez son más eficientes en la recaudación de estos impuestos indirectos.
Ejemplos de impuestos existentes
Impuesto sobre el Valor Agregado o Añadido (IVA): se aplica a artículos vendidos y según el producto varía la carga del impuesto. En España es del 18%. En Guatemala es del 12%. En México por ejemplo, aumentó del 15 al 16%(excepto las franjas fronterizas (norte y sur de México) que aumentó de 10 a 11%). En Argentina es del 21% (con algunas pocas excepciones en algunos productos).En Chile es de un 19%, en Perú es del 18%.En Paraguay es el 10% 5% Ecuador el 12% y en El Salvador es del 13%
Impuesto sobre la Renta (IRPF):
Impuesto sobre Sociedades (España).
Impuesto de circulación: se aplica a vehículos. En España depende de la cilindrada y del número de cilindros
Impuesto sobre hidrocarburos: se aplica a los carburantes y constituye la mayor parte del precio de estos.
Impuesto a la herencia o Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Impuesto al alcohol.
Impuesto al tabaco.
Impuesto sobre Actividades Económicas.
Impuestos de los Ayuntamientos.
Impuesto de la tenencia o uso de vehículos en México.
Impuesto a la ganancia presunta (un impuesto de emergencia en Argentina)..
Impuesto a los Depositos en Efectivo (IDE)en México
Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU)en México
Los impuestos indirectos se aplican sobre actividades económicas las cuales se producen en forma indirecta y gravan en la producción, el tráfico y el consumo, es decir, que dependen de las características del producto y del consumo; afectan patrimonialmente a personas distintas del contribuyente. Tales son los impuestos más conocidos como: IEPS, ISR e IVA impuestos más comunes y aplicables en México.
El IVA grava los actos de consumo y está financiado por el consumidor final, ya que sobre él recae el pago del impuesto. Se trata de un impuesto regresivo, ya que no se cobra a todos los ciudadanos por igual. Por lo regular este impuesto es trasladable de personas morales a personas físicas.
El ISR grava sobre los actos o actividades que generan una utilidad tal es el caso de las empresas que están obligadas al pago del impuesto.
Cabe mencionar que el principal autor del pago de estos 2 impuestos involucra a muchos mexicanos aunque no los que correspondería si tomamos en cuenta a la población en su conjunto.
Un factor muy importante para describir como los impuestos indirectos se recaudan exitosamente es en base a las datos recaudados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el listado de contribuyentes activos fluctúa alrededor de los 19 millones de personas (en un universo de 39.5 millones que componen a la población económicamente activa). De ese total, 13 millones son asalariados cautivos. Los seis millones de contribuyentes restantes son empresas e individuos que están dedicados a diversas actividades económicas. Pero en general, la carga fiscal está muy mal distribuida: menos de dos mil compañías representan el 65 por ciento del total recaudado por impuestos, mientras que los asalariados contribuyen con aproximadamente el 10 por ciento del total.
También de acuerdo al SAT se describe las siguientes cantidades de la recaudación de estos 2 impuestos:
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) alcanzó la cifra más alta de recaudación, al ubicarse en 5.37% del PIB, en 2007, informó el organismo a cargo de José María Zubiría.
En 1994, la recaudación del ISR fue de 5.13% del PIB, la cual era el máximo que se tenía en materia de recaudación empresarial. De igual forma, el IVA alcanzó el nivel más elevado, en 2007, con un rango de 4.17% del PIB, nivel ligeramente superior al de una año antes.
En años de expansión económica, estos dos impuestos aumentan significativamente su recaudación. Por su parte, el IVA parece ser una fuente más estable de ingresos para el sector público
De acuerdo a estos datos obtenidos el crecimiento del pago de los impuestos indirectos han ido en forma creciente desde 2007, lo cual nos brinda un crecimiento en el PIB que significa un beneficio en el aumento del salario mínimo ante la sociedad
IEPS (Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios)
Como su mismo nombre lo dice es un impuesto especial que grava sobre bienes y servicios. Algunas veces a determinados bienes se les establece una tasa especial.
Se encuentran determinadas por características que hacen que su recaudación sea constante y exitosa para que se obtenga mayor riqueza en base a la aplicación del IEPS. Por ejemplo:
Los bienes que se gravan con un impuesto adicional aunque se aumente el precio su consumo no disminuye. Al igual que las ventas y producción identificables se encuentran reguladas por el Gobierno.
El éxito del IEPS es que grava sobre todos los productores y fabricadores no en los consumidores, también el impuesto se calcula en importaciones e incluso grava en combustibles que son indispensables que son calculados en base a precios internacionales de cambio.
Es un impuesto que produce una gran recaudación tan solo
En los primeros siete meses del 2010, los ingresos por concepto de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) fueron los de mayor avance, con un crecimiento de 27.7%, que se atribuye al aumento en el impuesto al tabaco y a 3% del gravamen a las telecomunicaciones.
El impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), captó 4 mil 46.9 millones de pesos para el 2011.
Ahora bien si en México no existirían estos impuestos como lo son ISR, IVA e IEPS primeramente el gobierno podría cubrir los gastos en servicios públicos, obras públicas y beneficios que obtienen los obreros como los subsidios. También el gobierno dejaría de proporcionar a ayuda económica a las familias más necesitadas, no implementaría programas de becas para los estudiantes y no apoyaría a necesidades indispensables de los ciudadanos.
Al mismo tiempo, existe una relación directa entre el PIB per cápita y la recaudación como porcentaje del PIB. Esto es, que para aumentar la recaudación es necesario también elevar el PIB per cápita de México, lo cual quiere decir, que al no obtener ingresos mediante los impuestos indirectos el PIB sería el mayor afectado y la economía mexicana disminuirá.
CONCLUSION
En conclusión estos impuestos indirectos son de gran importancia para aumentar la economía en el país y como lo vimos anteriormente si tan solo en mexico existiría una buena política de impuestos e implementaran las tasas, asi de esta manera solamente se necesitara que todo lo que se recauda se distribuya en forma eficiencia y pueda ayudar a la economía de los que mas necesitan.
En México, el sistema de impuestos es muy sofisticado y ha sido continuamente modificado. Si bien la mayor parte de las reglas impositivas están diseñadas para no interferir en la asignación de los factores, existen diversos estudios que sugieren que nuestro sistema continúa afectando su distribución. Tal es el caso de no contar con leyes que puedan adquirir el pago del impuesto por el comercio informal, el bajo porcentaje cobrado en las fronteras del IVA siendo solo del 10% y la evasión fiscal.
. Al mismo tiempo, las posibilidades de deducción del impuesto, por el lado del ISR, son muy restringidas, por lo que la solicitud de esas facturas es generalmente inútil para el consumidor final.
jueves, 21 de julio de 2011
IMPUESTOS PARA-FISCALES QUE ATACAN LA ECONOMÍA INFORMAL
Los impuestos para fiscales son los de categoría intermedia entre impuestos y tasas es un recurso que se obtiene por el pago que hacen los usuarios de un servicio público determinado y con aportes del propio estado, a fin de hacer posible el autofinanciamiento de algún organismo estatal cuya existencia y servicio interesa a la ciudadanía. Bien pues se dice que la economía informal empezó desde hace mucho tiempo, el origen del tianguis en México, entendido como mercado ambulante, se remonta a la época precolombina, su descripción la encontramos en forma detallada en el relato que hace Bernal Díaz del Castillo en su crónica de la Conquista de la Nueva España. Allí se relata que el mercado más importante del imperio Azteca era el tianguis de Tlatelolco donde se vendía una gran variedad de mercancías: animales salvajes, aves, pieles, alimentos, fruta, verduras y medicinas, entre otros.
Cuando los españoles llegaron a México encontraron a los indígenas ya organizados para el comercio. Llevaban sus productos a los grandes mercados ambulantes llamados tianguis (término que se sigue utilizando actualmente) donde vendían, compraban o intercambiaban productos. Estos mercados estaban controlados por autoridades al servicio del emperador Moctezuma que supervisaban que cantidades y precios fueran las que se habían fijado para cada mercancía. Los comerciantes pagaban un tributo al emperador que podía ser en especie o en “dinero” (cacao y plumas rellenas con polvo de oro). Esta costumbre quedó muy arraigada en la Nueva España, ya que durante los tres siglos de la colonia fueron autorizados estos mercados ambulantes por el gobierno virreinal. Se establecían en zonas de mayor afluencia de personas como lo eran los centros de las principales ciudades de la Nueva España.
Bueno nos damos cuenta que anteriormente con la supervisión que realizaban a los comerciantes era algo suficiente para que estos comerciantes pagaran sus impuestos ya sea en especie o monetariamente. Ahora los sistemas han cambiado ya que en México no son la misma cantidad de comerciantes, ahora bien llamados contribuyentes Un impuesto que ataca a la economía informal es:Impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) A mediados del año 2007, el gobierno Federal a iniciativa del Presidente de la República emitió un proyecto de reforma fiscal para el presente año, en esa iniciativa estaba incluido un nuevo impuesto, que en su momento fue llamado Impuesto contra la informalidad, este impuesto el 1º de Octubre de 2007 La SHCP lo dio a conocer en el Diario Oficial de La Federación. La finalidad del IDE es el control de flujo de efectivo que impacta a quienes obtienen ingresos que no son declarados y considerando que la recaudación fue superior a la esperada, se realizan modificaciones con el fin de obtener recursos adicionales para financiar el gasto público.Características: Fundamentalmente identifica a las personas que omiten total o parcialmente el pago de las contribuciones (ISR, IVA, IETU), acreditable contra el ISR y otras retenciones; compensable contra otras contribuciones federales, obliga a los contribuyentes a declarar los ingresos y deducciones correctamente, controla los depósitos en efectivo de personas que no están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y no pagan impuestos, estas absorben el impuesto que les retiene la institución de crédito, ya que no pueden acreditarlo ni compensarlo .
Bien pues el comercio informal se ha dado desde siglos anteriores como lo fue con los aztecas, el imperio de Moctezuma en la Nueva España y hasta ahora.Concluyendo en tema de impuestos parafiscales nos podemos dar cuenta que estos tipos de impuestos son una imposición por parte de gobierno para atacar el comercio informal y que se supone que esos recursos son necesarios para el país, y en beneficio de la sociedad.
Valeria González
Cuando los españoles llegaron a México encontraron a los indígenas ya organizados para el comercio. Llevaban sus productos a los grandes mercados ambulantes llamados tianguis (término que se sigue utilizando actualmente) donde vendían, compraban o intercambiaban productos. Estos mercados estaban controlados por autoridades al servicio del emperador Moctezuma que supervisaban que cantidades y precios fueran las que se habían fijado para cada mercancía. Los comerciantes pagaban un tributo al emperador que podía ser en especie o en “dinero” (cacao y plumas rellenas con polvo de oro). Esta costumbre quedó muy arraigada en la Nueva España, ya que durante los tres siglos de la colonia fueron autorizados estos mercados ambulantes por el gobierno virreinal. Se establecían en zonas de mayor afluencia de personas como lo eran los centros de las principales ciudades de la Nueva España.
Bueno nos damos cuenta que anteriormente con la supervisión que realizaban a los comerciantes era algo suficiente para que estos comerciantes pagaran sus impuestos ya sea en especie o monetariamente. Ahora los sistemas han cambiado ya que en México no son la misma cantidad de comerciantes, ahora bien llamados contribuyentes Un impuesto que ataca a la economía informal es:Impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) A mediados del año 2007, el gobierno Federal a iniciativa del Presidente de la República emitió un proyecto de reforma fiscal para el presente año, en esa iniciativa estaba incluido un nuevo impuesto, que en su momento fue llamado Impuesto contra la informalidad, este impuesto el 1º de Octubre de 2007 La SHCP lo dio a conocer en el Diario Oficial de La Federación. La finalidad del IDE es el control de flujo de efectivo que impacta a quienes obtienen ingresos que no son declarados y considerando que la recaudación fue superior a la esperada, se realizan modificaciones con el fin de obtener recursos adicionales para financiar el gasto público.Características: Fundamentalmente identifica a las personas que omiten total o parcialmente el pago de las contribuciones (ISR, IVA, IETU), acreditable contra el ISR y otras retenciones; compensable contra otras contribuciones federales, obliga a los contribuyentes a declarar los ingresos y deducciones correctamente, controla los depósitos en efectivo de personas que no están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y no pagan impuestos, estas absorben el impuesto que les retiene la institución de crédito, ya que no pueden acreditarlo ni compensarlo .
Bien pues el comercio informal se ha dado desde siglos anteriores como lo fue con los aztecas, el imperio de Moctezuma en la Nueva España y hasta ahora.Concluyendo en tema de impuestos parafiscales nos podemos dar cuenta que estos tipos de impuestos son una imposición por parte de gobierno para atacar el comercio informal y que se supone que esos recursos son necesarios para el país, y en beneficio de la sociedad.
Valeria González
lunes, 4 de julio de 2011
COMPENSACION FISCAL
La compensación fiscal es una forma de tomar a cuenta el saldo a favor como una medida a reducir las obligaciones de los sujetos pasivos y/o contribuyentes.
Como antecedentes que dan pauta a la compensación fiscal son los siguientes:
Ø Por lo que se refiere al ordenador español de la primera disposición de compensación en el ámbito tributario el 17 de junio de 1939
Ø Posteriormente la compensación en el estatuto por recaudación de 1948
Ø Más tarde el reglamento del impuesto de derechos reales y transmisiones de bienes de 15 de enero 1959 lo cual permite la compensación para un caso de devolución de ingresos por anulación de operaciones
Ø La reforma de la compensación se produjo en 1990 como consecuencia de nueva redacción del texto reglamentario
Su historia se basa en una método a seguir para conseguir es propósito consiste en el siguiente plan: primero se trazan los antecedentes normativos de la compensación, en segundo lugar se expone el régimen jurídico tributario de la compensaron; es decir quiénes son sujetos y los requisitos se deben cumplir y por último se debe dar cuenta de los procedimientos y efectos de la compensación.
Las primeras tendencias de la compensación fueron un medio de extinción de la obligación tributaria.
v Requisitos para que pueda tener lugar la compensación como un medio de extinguir obligaciones tributarias:
Sólo tienen derecho a llevar a cabo la compensación aquellos contribuyentes que liquiden sus tributos a través de declaraciones periódicas, como es el caso de quienes están obligados a pagar el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado.
La compensación puede ser efectuada por los contribuyentes que tengan derecho a hacerlo mediante la simple presentación de una declaración complementaria, siempre y cuando ambos adeudos deriven de la aplicación de la misma Ley Fiscal, es decir, que se trate de la misma contribución.
La compensación comprende tanto el adeudo principal como los tributos accesorios (recargos, sanciones y gastos de ejecución).
No se podrán compensar las cantidades cuya devolución se haya solicitado o cuando haya prescrito la obligación para devolverlas.
La compensación fiscal se forma o da pauta al surgimiento por razones de justicia con los contribuyentes.
ATENTAMENTE
GONZALEZ CARBAJAL VALERIA
GRUPO : 7451
SOLO HAY QUE ROMPER EL SILENCIO PARA MEJORAR LAS COSAS!!!!...
LO MEJOR DE LA VIDA ESTA POR VENIR
***VALERY***
Como antecedentes que dan pauta a la compensación fiscal son los siguientes:
Ø Por lo que se refiere al ordenador español de la primera disposición de compensación en el ámbito tributario el 17 de junio de 1939
Ø Posteriormente la compensación en el estatuto por recaudación de 1948
Ø Más tarde el reglamento del impuesto de derechos reales y transmisiones de bienes de 15 de enero 1959 lo cual permite la compensación para un caso de devolución de ingresos por anulación de operaciones
Ø La reforma de la compensación se produjo en 1990 como consecuencia de nueva redacción del texto reglamentario
Su historia se basa en una método a seguir para conseguir es propósito consiste en el siguiente plan: primero se trazan los antecedentes normativos de la compensación, en segundo lugar se expone el régimen jurídico tributario de la compensaron; es decir quiénes son sujetos y los requisitos se deben cumplir y por último se debe dar cuenta de los procedimientos y efectos de la compensación.
Las primeras tendencias de la compensación fueron un medio de extinción de la obligación tributaria.
v Requisitos para que pueda tener lugar la compensación como un medio de extinguir obligaciones tributarias:
Sólo tienen derecho a llevar a cabo la compensación aquellos contribuyentes que liquiden sus tributos a través de declaraciones periódicas, como es el caso de quienes están obligados a pagar el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado.
La compensación puede ser efectuada por los contribuyentes que tengan derecho a hacerlo mediante la simple presentación de una declaración complementaria, siempre y cuando ambos adeudos deriven de la aplicación de la misma Ley Fiscal, es decir, que se trate de la misma contribución.
La compensación comprende tanto el adeudo principal como los tributos accesorios (recargos, sanciones y gastos de ejecución).
No se podrán compensar las cantidades cuya devolución se haya solicitado o cuando haya prescrito la obligación para devolverlas.
La compensación fiscal se forma o da pauta al surgimiento por razones de justicia con los contribuyentes.
ATENTAMENTE
GONZALEZ CARBAJAL VALERIA
GRUPO : 7451
SOLO HAY QUE ROMPER EL SILENCIO PARA MEJORAR LAS COSAS!!!!...
LO MEJOR DE LA VIDA ESTA POR VENIR
***VALERY***
martes, 14 de junio de 2011
INFRACCIONES
El hablar de infracciones es referirse a un tema controversial puesto que es muy común que se realicen en nuestro país, las infracciones se rigen por los principios básicos de la teoría del delito, las características comunes de la infracción es la consecuencia jurídica de la violación a las normas tributarias
Las infracciones vulneran las obligaciones formales, pueden ser graves o simples, las primeras se pueden reconducir a las infracciones de daño, es decir, con la evasión de la deuda tributaria, y las segundas a las referidas de peligro.
Como todos sabemos las infracciones se encuentran vinculadas con tres obligaciones fundamentales:
a) Inscribirse en el registro federal de contribuyentes
b) Pagar los tributos
c) Llevar contabilidad.
Las infracciones que regula el Código Fiscal de la Federación son las contenidas en: el artículo 79 fracciones I-IX, articulo 81 fracciones I-XXV, y articulo 83 fracciones I-IV y VI-XV.
Sin embargo, no son las únicas conductas normalizadas como infracciones en el Código Fiscal de la Federación, existen otras entre las que cabe mencionar las realizadas por instituciones de crédito (artículos 84-A-C-E-G, 85, 86-A-C-E, 87, 89 y 91A). Además de las infracciones señaladas, la Ley Aduanera establece infracciones y sanciones en materia de comercio exterior, las cuales están reguladas en el título octavo del artículo 176 al 201.
En la infracción se puede indicar una distinción, cabe señalar que la infracción tiene como sanción la multa según lo establecido por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y no la privación legal de libertad.
De las infracciones establecidas en el Código Fiscal de la Federación y en la Ley Aduanera difícilmente se encontrará la manifestación expresa de la voluntad para cometer el ilícito por el infractor, sino que se desprende de ciertos actos que el legislador establece, de los cuales se presume el elemento doloso, es decir, el dolo caracterizado por la conciencia y la voluntad de la realización del injusto típico.
A mi parecer, en el Código Fiscal de la Federación en la mayoría de las infracciones establece la culpa, sin embargo, se puede observar que en el artículo 89, el cual se refiere a la infracción de un tercero en el asesoramiento para evitar el pago de contribuciones, se interpreta que existe como elemento subjetivo el asesoramiento con la "voluntad" de omitir el pago de contribuciones, se observa que no existe una manifestación expresa de la "voluntariedad" del sujeto infractor para cometer el ilícito tributario. De igual forma en la Ley Aduanera se observan más conductas normalizadas con el propósito de no pagar los tributos al comercio exterior (artículo 176, fracciones VIII, IX y X, artículo 177, artículo 182 fracc. I, artículo 190 fracc. V).
Considero que la actual legislación en materia tributaria y aduanera no hay diferencias notables entre las conductas que se representan en algunas infracciones y en algunos delitos, ejemplo de ello son las conductas omisivas de pago de tributos.
ESTA ES UNA RELACION DE LAS ULTIMAS INFRACCIONES FISCALES (2006)
Las siguientes conductas, entre otras, se consideran como infracciones fiscales, por lo que a quien las cometa le corresponde una sanción o multa.
No proporcionar información de las personas a las que les haya entregado cantidades por concepto de crédito al salario, o la proporcionen fuera del plazo establecido.
No proporcionar constancias del impuesto al valor agregado retenido a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos, o proporcionarlas incompletas o con errores.
No presentar declaraciones en las que se manifiesten las razones por las cuales no se determina pago o saldo a favor por alguna de las obligaciones de los contribuyentes (declaraciones en ceros).
No proporcionar la información en los medios y formatos electrónicos respecto del pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando por tasa el impuesto que se trasladó o le fue trasladado, o bien presentar dicha información incompleta o con errores.
No cumplir con la obligación de comunicar por escrito a su patrón que presta servicios a otro patrón.
No proporcionar la información por las contraprestaciones que se reciban en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera o en piezas de oro y o de plata, cuyo monto supere los $100,000.00, o que dicha información se proporcione en forma extemporánea.
Es infracción de los contadores, abogados o de cualquier otro asesor en materia fiscal, no advertir a los destinatarios de la opinión que otorguen por escrito, si el criterio contenido en la misma es diverso de los criterios que en su caso hubiera dado a conocer la autoridad fiscal en el Diario Oficial de la Federación.
Fundamento legal: Artículos 81, fracciones V, XVI, XXVI, XXVIII, XXXI, y 91-C del Código Fiscal de la Federación
----------- J. Carlos Patricio Esquivel -----------
Las infracciones vulneran las obligaciones formales, pueden ser graves o simples, las primeras se pueden reconducir a las infracciones de daño, es decir, con la evasión de la deuda tributaria, y las segundas a las referidas de peligro.
Como todos sabemos las infracciones se encuentran vinculadas con tres obligaciones fundamentales:
a) Inscribirse en el registro federal de contribuyentes
b) Pagar los tributos
c) Llevar contabilidad.
Las infracciones que regula el Código Fiscal de la Federación son las contenidas en: el artículo 79 fracciones I-IX, articulo 81 fracciones I-XXV, y articulo 83 fracciones I-IV y VI-XV.
Sin embargo, no son las únicas conductas normalizadas como infracciones en el Código Fiscal de la Federación, existen otras entre las que cabe mencionar las realizadas por instituciones de crédito (artículos 84-A-C-E-G, 85, 86-A-C-E, 87, 89 y 91A). Además de las infracciones señaladas, la Ley Aduanera establece infracciones y sanciones en materia de comercio exterior, las cuales están reguladas en el título octavo del artículo 176 al 201.
En la infracción se puede indicar una distinción, cabe señalar que la infracción tiene como sanción la multa según lo establecido por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y no la privación legal de libertad.
De las infracciones establecidas en el Código Fiscal de la Federación y en la Ley Aduanera difícilmente se encontrará la manifestación expresa de la voluntad para cometer el ilícito por el infractor, sino que se desprende de ciertos actos que el legislador establece, de los cuales se presume el elemento doloso, es decir, el dolo caracterizado por la conciencia y la voluntad de la realización del injusto típico.
A mi parecer, en el Código Fiscal de la Federación en la mayoría de las infracciones establece la culpa, sin embargo, se puede observar que en el artículo 89, el cual se refiere a la infracción de un tercero en el asesoramiento para evitar el pago de contribuciones, se interpreta que existe como elemento subjetivo el asesoramiento con la "voluntad" de omitir el pago de contribuciones, se observa que no existe una manifestación expresa de la "voluntariedad" del sujeto infractor para cometer el ilícito tributario. De igual forma en la Ley Aduanera se observan más conductas normalizadas con el propósito de no pagar los tributos al comercio exterior (artículo 176, fracciones VIII, IX y X, artículo 177, artículo 182 fracc. I, artículo 190 fracc. V).
Considero que la actual legislación en materia tributaria y aduanera no hay diferencias notables entre las conductas que se representan en algunas infracciones y en algunos delitos, ejemplo de ello son las conductas omisivas de pago de tributos.
ESTA ES UNA RELACION DE LAS ULTIMAS INFRACCIONES FISCALES (2006)
Las siguientes conductas, entre otras, se consideran como infracciones fiscales, por lo que a quien las cometa le corresponde una sanción o multa.
No proporcionar información de las personas a las que les haya entregado cantidades por concepto de crédito al salario, o la proporcionen fuera del plazo establecido.
No proporcionar constancias del impuesto al valor agregado retenido a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos, o proporcionarlas incompletas o con errores.
No presentar declaraciones en las que se manifiesten las razones por las cuales no se determina pago o saldo a favor por alguna de las obligaciones de los contribuyentes (declaraciones en ceros).
No proporcionar la información en los medios y formatos electrónicos respecto del pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando por tasa el impuesto que se trasladó o le fue trasladado, o bien presentar dicha información incompleta o con errores.
No cumplir con la obligación de comunicar por escrito a su patrón que presta servicios a otro patrón.
No proporcionar la información por las contraprestaciones que se reciban en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera o en piezas de oro y o de plata, cuyo monto supere los $100,000.00, o que dicha información se proporcione en forma extemporánea.
Es infracción de los contadores, abogados o de cualquier otro asesor en materia fiscal, no advertir a los destinatarios de la opinión que otorguen por escrito, si el criterio contenido en la misma es diverso de los criterios que en su caso hubiera dado a conocer la autoridad fiscal en el Diario Oficial de la Federación.
Fundamento legal: Artículos 81, fracciones V, XVI, XXVI, XXVIII, XXXI, y 91-C del Código Fiscal de la Federación
----------- J. Carlos Patricio Esquivel -----------
sábado, 4 de junio de 2011
COMPENSACION FISCAL
La compensación fiscal es una forma de tomar a cuenta el saldo a favor como una medida a reducir las obligaciones de los sujetos pasivos y/o contribuyentes.
Como antecedentes que dan pauta a la compensación fiscal son los siguientes:
Ø Por lo que se refiere al ordenador español de la primera disposición de compensación en el ámbito tributario el 17 de junio de 1939
Ø Posteriormente la compensación en el estatuto por recaudación de 1948
Ø Más tarde el reglamento del impuesto de derechos reales y transmisiones de bienes de 15 de enero 1959 lo cual permite la compensación para un caso de devolución de ingresos por anulación de operaciones
Ø La reforma de la compensación se produjo en 1990 como consecuencia de nueva redacción del texto reglamentario
Su historia se basa en una método a seguir para conseguir es propósito consiste en el siguiente plan: primero se trazan los antecedentes normativos de la compensación, en segundo lugar se expone el régimen jurídico tributario de la compensaron; es decir quiénes son sujetos y los requisitos se deben cumplir y por último se debe dar cuenta de los procedimientos y efectos de la compensación.
Las primeras tendencias de la compensación fueron un medio de extinción de la obligación tributaria.
v Requisitos para que pueda tener lugar la compensación como un medio de extinguir obligaciones tributarias:
Sólo tienen derecho a llevar a cabo la compensación aquellos contribuyentes que liquiden sus tributos a través de declaraciones periódicas, como es el caso de quienes están obligados a pagar el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado.
La compensación puede ser efectuada por los contribuyentes que tengan derecho a hacerlo mediante la simple presentación de una declaración complementaria, siempre y cuando ambos adeudos deriven de la aplicación de la misma Ley Fiscal, es decir, que se trate de la misma contribución.
La compensación comprende tanto el adeudo principal como los tributos accesorios (recargos, sanciones y gastos de ejecución).
No se podrán compensar las cantidades cuya devolución se haya solicitado o cuando haya prescrito la obligación para devolverlas.
La compensación fiscal se forma o da pauta al surgimiento por razones de justicia con los contribuyentes.
ATENTAMENTE
GONZALEZ CARBAJAL VALERIA
Como antecedentes que dan pauta a la compensación fiscal son los siguientes:
Ø Por lo que se refiere al ordenador español de la primera disposición de compensación en el ámbito tributario el 17 de junio de 1939
Ø Posteriormente la compensación en el estatuto por recaudación de 1948
Ø Más tarde el reglamento del impuesto de derechos reales y transmisiones de bienes de 15 de enero 1959 lo cual permite la compensación para un caso de devolución de ingresos por anulación de operaciones
Ø La reforma de la compensación se produjo en 1990 como consecuencia de nueva redacción del texto reglamentario
Su historia se basa en una método a seguir para conseguir es propósito consiste en el siguiente plan: primero se trazan los antecedentes normativos de la compensación, en segundo lugar se expone el régimen jurídico tributario de la compensaron; es decir quiénes son sujetos y los requisitos se deben cumplir y por último se debe dar cuenta de los procedimientos y efectos de la compensación.
Las primeras tendencias de la compensación fueron un medio de extinción de la obligación tributaria.
v Requisitos para que pueda tener lugar la compensación como un medio de extinguir obligaciones tributarias:
Sólo tienen derecho a llevar a cabo la compensación aquellos contribuyentes que liquiden sus tributos a través de declaraciones periódicas, como es el caso de quienes están obligados a pagar el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado.
La compensación puede ser efectuada por los contribuyentes que tengan derecho a hacerlo mediante la simple presentación de una declaración complementaria, siempre y cuando ambos adeudos deriven de la aplicación de la misma Ley Fiscal, es decir, que se trate de la misma contribución.
La compensación comprende tanto el adeudo principal como los tributos accesorios (recargos, sanciones y gastos de ejecución).
No se podrán compensar las cantidades cuya devolución se haya solicitado o cuando haya prescrito la obligación para devolverlas.
La compensación fiscal se forma o da pauta al surgimiento por razones de justicia con los contribuyentes.
ATENTAMENTE
GONZALEZ CARBAJAL VALERIA
domingo, 29 de mayo de 2011
COMPENSACION FISCAL
El párrafo primero del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación establece que es el derecho que tiene como contribuyente de restar las cantidades que tenga a su favor de las que debe pagar al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Se permite la compensación de impuestos federales como el IVA, ISR, IMPAC.
Cuando no se haya compensado un saldo a favor en el mismo mes en que se declaró, lo puede actualizar por efectos de la inflación conforme a lo previsto en el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, desde el mes anterior a aquel en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta el mes anterior a aquel en el que la compensación se realice.
Si la compensación se hubiera efectuado y no procediera, se causan recargos sobre las cantidades compensadas indebidamente, actualizadas por el periodo transcurrido desde el mes en que se efectuó la compensación indebida hasta aquel en que se haga el pago del monto de la compensación indebidamente realizada. Se muestran a continuación opiniones de expertos.
C.P. Y M.I. María del Rosario García Suarez nos dice que para los empresarios o emprendedores aprovechen esta opción de solicitar a la autoridad hacendaría la devolución o compensación de saldos a favor con la finalidad de allegarse de recursos económicos en estas épocas de falta de efectivo, finalmente es dinero que les pertenece y que esta en poder del Estado.
Ernst & Young comenta sobre que la compensación forma parte de la historia reciente; recordemos que antes de esa fecha, la compensación de saldos a favor solo se permitía contra adeudos derivados de la misma contribución, lo cual era incomprensible para el contribuyente. La compensación es una figura prevista en el Código Civil que establece que tiene lugar “cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho, a efecto de extinguir las dos deudas, hasta el importe de la menor”
L.C.P. JOAN PEDRO URIBE RUIZ los legisladores finalmente entendieron la figura de la compensación y su real alcance, sobre todo el hecho de que solo se requiere ser acreedor y deudor recíprocamente por su procedencia solamente lo que no será aplicable son los impuestos a la importación, impuestos administrativos por la autoridades en devolución y que no tenga destino especifico, cantidades por las que no proceda la devolución, cantidades solicitadas en devolución, y cantidades cuya devolución hubiera prescrito.
En opinión personal sobre la compensación fiscal podemos decir que es una opción con la cual cuenta el contribuyente para poder facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales como las cantidades que tengan a su favor. Con la capacidad de que el contribuyente cumpla con dicha formalidad en tiempo y forma; Pensando en las empresas el dinero con el van a contar gracias a esto lo podrán ocupar para el mejoramiento de la empresa o bien sacarle el mayor provecho y poder llegar a sus objetivos como empresarios.
ELABORADO POR: MONICA XOCHITL CRUZ CORTES
GRUPO:7451
Fuente
www.sat.gob.mx
www.delta.com.mx
www.ey.com
Cuando no se haya compensado un saldo a favor en el mismo mes en que se declaró, lo puede actualizar por efectos de la inflación conforme a lo previsto en el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, desde el mes anterior a aquel en que se realizó el pago de lo indebido o se presentó la declaración que contenga el saldo a favor, hasta el mes anterior a aquel en el que la compensación se realice.
Si la compensación se hubiera efectuado y no procediera, se causan recargos sobre las cantidades compensadas indebidamente, actualizadas por el periodo transcurrido desde el mes en que se efectuó la compensación indebida hasta aquel en que se haga el pago del monto de la compensación indebidamente realizada. Se muestran a continuación opiniones de expertos.
C.P. Y M.I. María del Rosario García Suarez nos dice que para los empresarios o emprendedores aprovechen esta opción de solicitar a la autoridad hacendaría la devolución o compensación de saldos a favor con la finalidad de allegarse de recursos económicos en estas épocas de falta de efectivo, finalmente es dinero que les pertenece y que esta en poder del Estado.
Ernst & Young comenta sobre que la compensación forma parte de la historia reciente; recordemos que antes de esa fecha, la compensación de saldos a favor solo se permitía contra adeudos derivados de la misma contribución, lo cual era incomprensible para el contribuyente. La compensación es una figura prevista en el Código Civil que establece que tiene lugar “cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho, a efecto de extinguir las dos deudas, hasta el importe de la menor”
L.C.P. JOAN PEDRO URIBE RUIZ los legisladores finalmente entendieron la figura de la compensación y su real alcance, sobre todo el hecho de que solo se requiere ser acreedor y deudor recíprocamente por su procedencia solamente lo que no será aplicable son los impuestos a la importación, impuestos administrativos por la autoridades en devolución y que no tenga destino especifico, cantidades por las que no proceda la devolución, cantidades solicitadas en devolución, y cantidades cuya devolución hubiera prescrito.
En opinión personal sobre la compensación fiscal podemos decir que es una opción con la cual cuenta el contribuyente para poder facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales como las cantidades que tengan a su favor. Con la capacidad de que el contribuyente cumpla con dicha formalidad en tiempo y forma; Pensando en las empresas el dinero con el van a contar gracias a esto lo podrán ocupar para el mejoramiento de la empresa o bien sacarle el mayor provecho y poder llegar a sus objetivos como empresarios.
ELABORADO POR: MONICA XOCHITL CRUZ CORTES
GRUPO:7451
Fuente
www.sat.gob.mx
www.delta.com.mx
www.ey.com
lunes, 25 de abril de 2011
PUNTOS A FAVOR Y EN CONTRA DE LAS COLEGIATURAS
Conforme a lo pactado en el decreto firmado el día 14 de febrero del presente año, que las colegiaturas serán deducible de impuesto ISR de los niveles; de preescolar a bachillerato, según esto para estimular la educación privada con algunas restricciones conforme a montos y también los pagos tendrán que hacerse a través de medios de pago electrónico o cheques nominativos.
Es cierto que habrá más inversión de los particulares para emprender este tipo de empresas.
Con este decreto dice el presidente que la educación será medio idóneo para fortalecer el desarrollo de nuestro país y mejorar las oportunidades de los mexicanos.
En mi opinión, seria mejor que en la ley de egresos, se le diera más importancia a la educación como lo recomienda el Banco Mundial, así la educación seria mejor y no habría necesidad de escuelas privadas y se cubriría la necesidad de que lo niños y adolecentes tuviesen una educación de calidad.
Para que el país progrese como lo marca el presidente, es necesario tener jóvenes preparados para los retos que marca la vida, todo conforme a una educación de calidad, ciencia y tecnología.
Al comparar el PIB que se le otorga la educación en México con otro país nos damos cuenta que, seria esta una gran opción para todos los mexicanos nuevamente hago incapie que no habría necesidad de las escuelas privadas
Como lo marca la Constitución Política De Los Estado Unidos Mexicanos en su:
ARTICULO 3o.- TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A RECIBIR EDUCACION. EL ESTADO -FEDERACION, ESTADOS, DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPIOS-, IMPARTIRA EDUCACION PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA.
Yéndonos a su fracción;
VIII. EL CONGRESO DE LA UNION, CON EL FIN DE UNIFICAR Y COORDINAR LA EDUCACION EN TODA LA REPUBLICA, EXPEDIRA LAS LEYES NECESARIAS, DESTINADAS A DISTRIBUIR LA FUNCION SOCIAL EDUCATIVA ENTRE LA FEDERACION, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, A FIJAR LAS APORTACIONES ECONOMICAS CORRESPONDIENTES A ESE SERVICIO PUBLICO Y A SEÑALAR LAS SANCIONES APLICABLES A LOS FUNCIONARIOS QUE NO CUMPLAN O NO HAGAN CUMPLIR LAS DISPOSICIONES RELATIVAS, LO MISMO QUE A TODOS AQUELLOS QUE LAS INFRINJAN.
Aplicando este art. 3 creo que no habría problema de tener escuelas privadas que estén tan caras, y que las deducciones de estas colegiaturas solo beneficie a los que cuentas con mayores ingresos, no hay una igualdad para la educación en familias Mexicanas puesto que solo se esta dirigiendo a esa parte de la nación que tiene mas ingresos.
*PUNTOS A FAVOR
Las empresas en educación privada invertirán mas en las áreas de preescolar, primaria, secundaria y bachillerato o equivalente
Familias mexicanas que invierten en la educación de sus hijos en escuelas privadas, les es gratificante esta deducción de impuestos.
*PUNTOS EN CONTRA
Las colegiaturas que se están deduciendo tienes un límite conforme a monto para, las familias mexicanas.
Tienen un límite conforme a los grados de estudio en el caso de la universidad, ya que es un poco elevado en monto de las colegiaturas y no extendieron la deducción de impuestos a esos grados.
Los problemas que se estas suscitando en este momento es que hay escuelas privadas que no cuentan con un sistema contable completo ya que muchas de estas no expiden facturas, este problema esta afectando en la deducción del impuesto ya que sin comprobante fiscal no se puede hacer esta deducción.
Va haber familias que estarán llevando a sus hijos en escuelas privadas y las públicas quedaran en el olvido para el gobierno ya que no habrá mucha inversión y se va hacer más cara.
Podemos concluir que se tienes ventajas y desventajas, pero seria mejor que hubiera mas inversión por parte del la federación para la educación, ya que la educación con calidad y tecnología la tendrían que tener todos los mexicanos, no solo los que cuentan con mayores ingresos, no olvidemos que estamos en mundo de competitividad y las escuelas de gobierno en su gran mayoría no cubrir con esta expectativa.
Para un buen desarrollo económico es necesario invertir mas en la educación.
GONZALEZ CARBAJAL VALERIA
Es cierto que habrá más inversión de los particulares para emprender este tipo de empresas.
Con este decreto dice el presidente que la educación será medio idóneo para fortalecer el desarrollo de nuestro país y mejorar las oportunidades de los mexicanos.
En mi opinión, seria mejor que en la ley de egresos, se le diera más importancia a la educación como lo recomienda el Banco Mundial, así la educación seria mejor y no habría necesidad de escuelas privadas y se cubriría la necesidad de que lo niños y adolecentes tuviesen una educación de calidad.
Para que el país progrese como lo marca el presidente, es necesario tener jóvenes preparados para los retos que marca la vida, todo conforme a una educación de calidad, ciencia y tecnología.
Al comparar el PIB que se le otorga la educación en México con otro país nos damos cuenta que, seria esta una gran opción para todos los mexicanos nuevamente hago incapie que no habría necesidad de las escuelas privadas
Como lo marca la Constitución Política De Los Estado Unidos Mexicanos en su:
ARTICULO 3o.- TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A RECIBIR EDUCACION. EL ESTADO -FEDERACION, ESTADOS, DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPIOS-, IMPARTIRA EDUCACION PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA.
Yéndonos a su fracción;
VIII. EL CONGRESO DE LA UNION, CON EL FIN DE UNIFICAR Y COORDINAR LA EDUCACION EN TODA LA REPUBLICA, EXPEDIRA LAS LEYES NECESARIAS, DESTINADAS A DISTRIBUIR LA FUNCION SOCIAL EDUCATIVA ENTRE LA FEDERACION, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, A FIJAR LAS APORTACIONES ECONOMICAS CORRESPONDIENTES A ESE SERVICIO PUBLICO Y A SEÑALAR LAS SANCIONES APLICABLES A LOS FUNCIONARIOS QUE NO CUMPLAN O NO HAGAN CUMPLIR LAS DISPOSICIONES RELATIVAS, LO MISMO QUE A TODOS AQUELLOS QUE LAS INFRINJAN.
Aplicando este art. 3 creo que no habría problema de tener escuelas privadas que estén tan caras, y que las deducciones de estas colegiaturas solo beneficie a los que cuentas con mayores ingresos, no hay una igualdad para la educación en familias Mexicanas puesto que solo se esta dirigiendo a esa parte de la nación que tiene mas ingresos.
*PUNTOS A FAVOR
Las empresas en educación privada invertirán mas en las áreas de preescolar, primaria, secundaria y bachillerato o equivalente
Familias mexicanas que invierten en la educación de sus hijos en escuelas privadas, les es gratificante esta deducción de impuestos.
*PUNTOS EN CONTRA
Las colegiaturas que se están deduciendo tienes un límite conforme a monto para, las familias mexicanas.
Tienen un límite conforme a los grados de estudio en el caso de la universidad, ya que es un poco elevado en monto de las colegiaturas y no extendieron la deducción de impuestos a esos grados.
Los problemas que se estas suscitando en este momento es que hay escuelas privadas que no cuentan con un sistema contable completo ya que muchas de estas no expiden facturas, este problema esta afectando en la deducción del impuesto ya que sin comprobante fiscal no se puede hacer esta deducción.
Va haber familias que estarán llevando a sus hijos en escuelas privadas y las públicas quedaran en el olvido para el gobierno ya que no habrá mucha inversión y se va hacer más cara.
Podemos concluir que se tienes ventajas y desventajas, pero seria mejor que hubiera mas inversión por parte del la federación para la educación, ya que la educación con calidad y tecnología la tendrían que tener todos los mexicanos, no solo los que cuentan con mayores ingresos, no olvidemos que estamos en mundo de competitividad y las escuelas de gobierno en su gran mayoría no cubrir con esta expectativa.
Para un buen desarrollo económico es necesario invertir mas en la educación.
GONZALEZ CARBAJAL VALERIA
viernes, 8 de abril de 2011
Cual es el porcentaje ideal para el Impuesto sobre la renta.
El senador Manlio Fabio Beltrones presentó la iniciativa para reducir gradualmente el ISR para ubicarlo en 25 por ciento para personas morales con actividad empresarial. Se reduciría al 27 por ciento en 2013, al 26 por ciento en 2014, hasta quedar establecida, en 2015, en 25 por ciento.
Tratándose del ISR aplicable a personas físicas, presentó una nueva tarifa que permitirá mantener la protección a quienes perciben un ingreso de hasta cuatro salarios mínimos, beneficiar a los sectores de ingresos medios y aumentar la tasa al 35 por ciento aplicable a los causantes de más de medio millón de pesos mensuales.
De igual manera especialistas han manifestado que la tasa corporativa con los países con los cuales se compite es del 25 por ciento. Carlos Cárdenas, vicepresidente fiscal del instituto mexicano de contadores públicos, aseguró que la tasa del 30 por ciento es muy elevada y comento que debería cambiarse a la media de la OCDE que es del 26 por ciento.
El presidente de la academia de estudios fiscales, Pedro Carreón comentó que el promedio de la tasa del ISR es del 25 por ciento, por lo cual estamos por arriba de la media.
En respuesta el PAN y Banamex descalificaron la propuesta de reforma fiscal del PRI por considerar que tendrá implicaciones negativas en la recaudación en el corto plazo y generará un “agujero” de entre 150 mil millones y 170 mil millones de pesos en la recaudación fiscal, lo cual sería inadecuado y excesivo para el desarrollo del país.
El equipo de Alberto Gómez Alcalá (Banamex) comento: “La recaudación del ISR empresarial representó alrededor de 1.9 por ciento del PIB en 2010, reducir la tasa hasta 25 por ciento implicará una pérdida de la recaudación de hasta 0.4 por ciento como proporción del PIB”. “Consideramos que las medidas propuestas al régimen del ISR son positivas en lo estructural y en el largo plazo, pero afectan negativamente la recaudación en el corto plazo. Suponiendo la actual base gravable, esta medida disminuye la recaudación”. Asimismo, indicó que la nueva propuesta de tasas de ISR para las personas físicas hace más progresivo el cobro del impuesto y, por tanto, tiene un carácter más distributivo.
De igual manera la SHCP comentó que la reducción de la tasa de 30 a 25 por ciento, en el largo plazo implica una pérdida recaudatoria anual de 60,900 mdp con respecto a los ingresos actuales" que precisó que esta merma podría beneficiar a otros países, ya que "las empresas extranjeras acreditan sus pagos de impuestos en México contra los impuestos que pagan en su país de origen, por lo que un menor pago de impuestos en México se podría traducir en un mayor pago de impuestos en su país”.
Opinión personal:
Considero que la tasa ideal para el ISR es del 20%. Si se realiza bien el ejercicio de recaudación puede funcionar con este porcentaje empezando por cobrar en realidad a las empresas que no pagan impuestos y que los diputados y senadores contribuyan a los impuestos establecidos por ley.
La propuesta de Beltrones, sobre el ISR suena interesante y considero que si se puede efectuar de manera exitosa y que ayudaría a contrarrestar la evasión del impuesto pero sería mas interesante que se efectuara desde el año 2012 y que se mantenga en los siguientes años, lo cual es controvertible.
Incluso con el aporte de las personas físicas y morales que tienen un ingreso alto y que no contribuyen al ISR se puede tener una mayor recaudación, generando mucho mas ingreso a la SHCP e incrementaría en el PIB en más del 1.9% que según generó este impuesto en el año 2010.
Por: Solís López Rogelio. 7451
Tratándose del ISR aplicable a personas físicas, presentó una nueva tarifa que permitirá mantener la protección a quienes perciben un ingreso de hasta cuatro salarios mínimos, beneficiar a los sectores de ingresos medios y aumentar la tasa al 35 por ciento aplicable a los causantes de más de medio millón de pesos mensuales.
De igual manera especialistas han manifestado que la tasa corporativa con los países con los cuales se compite es del 25 por ciento. Carlos Cárdenas, vicepresidente fiscal del instituto mexicano de contadores públicos, aseguró que la tasa del 30 por ciento es muy elevada y comento que debería cambiarse a la media de la OCDE que es del 26 por ciento.
El presidente de la academia de estudios fiscales, Pedro Carreón comentó que el promedio de la tasa del ISR es del 25 por ciento, por lo cual estamos por arriba de la media.
En respuesta el PAN y Banamex descalificaron la propuesta de reforma fiscal del PRI por considerar que tendrá implicaciones negativas en la recaudación en el corto plazo y generará un “agujero” de entre 150 mil millones y 170 mil millones de pesos en la recaudación fiscal, lo cual sería inadecuado y excesivo para el desarrollo del país.
El equipo de Alberto Gómez Alcalá (Banamex) comento: “La recaudación del ISR empresarial representó alrededor de 1.9 por ciento del PIB en 2010, reducir la tasa hasta 25 por ciento implicará una pérdida de la recaudación de hasta 0.4 por ciento como proporción del PIB”. “Consideramos que las medidas propuestas al régimen del ISR son positivas en lo estructural y en el largo plazo, pero afectan negativamente la recaudación en el corto plazo. Suponiendo la actual base gravable, esta medida disminuye la recaudación”. Asimismo, indicó que la nueva propuesta de tasas de ISR para las personas físicas hace más progresivo el cobro del impuesto y, por tanto, tiene un carácter más distributivo.
De igual manera la SHCP comentó que la reducción de la tasa de 30 a 25 por ciento, en el largo plazo implica una pérdida recaudatoria anual de 60,900 mdp con respecto a los ingresos actuales" que precisó que esta merma podría beneficiar a otros países, ya que "las empresas extranjeras acreditan sus pagos de impuestos en México contra los impuestos que pagan en su país de origen, por lo que un menor pago de impuestos en México se podría traducir en un mayor pago de impuestos en su país”.
Opinión personal:
Considero que la tasa ideal para el ISR es del 20%. Si se realiza bien el ejercicio de recaudación puede funcionar con este porcentaje empezando por cobrar en realidad a las empresas que no pagan impuestos y que los diputados y senadores contribuyan a los impuestos establecidos por ley.
La propuesta de Beltrones, sobre el ISR suena interesante y considero que si se puede efectuar de manera exitosa y que ayudaría a contrarrestar la evasión del impuesto pero sería mas interesante que se efectuara desde el año 2012 y que se mantenga en los siguientes años, lo cual es controvertible.
Incluso con el aporte de las personas físicas y morales que tienen un ingreso alto y que no contribuyen al ISR se puede tener una mayor recaudación, generando mucho mas ingreso a la SHCP e incrementaría en el PIB en más del 1.9% que según generó este impuesto en el año 2010.
Por: Solís López Rogelio. 7451
domingo, 3 de abril de 2011
TASA IDEAL PARA EL ISR
De a cuerdo con lo que presento el senador Fabio Beltrones en su iniciativa para disminuir el ISR para personas morales con actividad empresarial comento lo sig.:
El objetivo que se busca es fomentar el ahorro interno de las empresas y la reinversión de utilidades en las mismas, así para fomentar un circulo que propicie el aumento del producto interno bruto y una mayor generaciones empleos en el área empresarial.
Explico que dicho impuesto con el transcurso de los años se disminuirá en proporción hasta el año 2015 en un 25%. En cuanto a personas morales la tarifa les permitirá aplicar menos tasa a las personas que perciban menor ingreso y mayor a las que sus ingresos sean arriba de medio millón de pesos.
Presentada la iniciativa grupo Banamex, IMEF y el partido PAN se declaran en contra de este plan fiscal manifestando que.
La reducción del impuesto sobre la renta traerá consecuencia la caída en proporción al producto interno bruto de acuerdo con Alberto Gómez Alcalá señala que se perderá un 0.4 del PIB y el país no está preparado económicamente para esta reducción que afectara la productividad del país a escala. Considerando que la propuesta a largo plazo es positiva pero a corto plazo afecta negativamente la recaudación.
v CONCLUSION
Con base al plan fiscal de Fabio Bultrones el ISR debe bajar; la propuesta es buena, el país recaudara una base solida hasta el 2015 permitiendo llegar a un 25% serán 4 años en los cuales la tasa ira bajando gradualmente así no afectara al PIB.
Existirá la equidad de pago. Las personas que perciben mayor ingreso deberán pagar más proporción que las personas físicas con menor ingreso así no habrá una evasión de impuesto que es el gran problema fiscal en México los contribuyentes no declaran las utilidades como se perciben en realidad , Por el temor de pagar una mayor proporción del impuesto. en mi opinión se recaudara menos impuesto de ISR con la tasa del 25% pero provocara a que mas contribuyentes se registren y declaren así se implementara la cultura contributiva.
El país requiere una reforma fiscal de acuerdo con su realidad social. Económica y política, con el objetivo de asegurar a los mexicanos. Y la tasa del 25% es la adecuada para la realidad del país.
CORTES RAMIREZ GABRIELA
El objetivo que se busca es fomentar el ahorro interno de las empresas y la reinversión de utilidades en las mismas, así para fomentar un circulo que propicie el aumento del producto interno bruto y una mayor generaciones empleos en el área empresarial.
Explico que dicho impuesto con el transcurso de los años se disminuirá en proporción hasta el año 2015 en un 25%. En cuanto a personas morales la tarifa les permitirá aplicar menos tasa a las personas que perciban menor ingreso y mayor a las que sus ingresos sean arriba de medio millón de pesos.
Presentada la iniciativa grupo Banamex, IMEF y el partido PAN se declaran en contra de este plan fiscal manifestando que.
La reducción del impuesto sobre la renta traerá consecuencia la caída en proporción al producto interno bruto de acuerdo con Alberto Gómez Alcalá señala que se perderá un 0.4 del PIB y el país no está preparado económicamente para esta reducción que afectara la productividad del país a escala. Considerando que la propuesta a largo plazo es positiva pero a corto plazo afecta negativamente la recaudación.
v CONCLUSION
Con base al plan fiscal de Fabio Bultrones el ISR debe bajar; la propuesta es buena, el país recaudara una base solida hasta el 2015 permitiendo llegar a un 25% serán 4 años en los cuales la tasa ira bajando gradualmente así no afectara al PIB.
Existirá la equidad de pago. Las personas que perciben mayor ingreso deberán pagar más proporción que las personas físicas con menor ingreso así no habrá una evasión de impuesto que es el gran problema fiscal en México los contribuyentes no declaran las utilidades como se perciben en realidad , Por el temor de pagar una mayor proporción del impuesto. en mi opinión se recaudara menos impuesto de ISR con la tasa del 25% pero provocara a que mas contribuyentes se registren y declaren así se implementara la cultura contributiva.
El país requiere una reforma fiscal de acuerdo con su realidad social. Económica y política, con el objetivo de asegurar a los mexicanos. Y la tasa del 25% es la adecuada para la realidad del país.
CORTES RAMIREZ GABRIELA
sábado, 5 de febrero de 2011
HISTORIA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
Los impuestos nacen como un mecanismo de búsqueda de nuevos ingresos. Fueron implementados por los Estados para financiar la satisfacción de las necesidades públicas. Los primeros recursos tributarios fueron aquellos que el Estado obtuvo mediante el ejercicio de su poder imperio o a través de costumbres que luego se convirtieron en leyes.
La historia de los impuestos, hace su aparición en el pueblo azteca, sus soberanos exigían águilas y bolas de caucho, cierto número de mancebos a los cuales por motivos religiosos se les sacrificaba arrancándoles el corazón. El pueblo azteca básicamente sus tributos fueron desarrollados en especie y posteriormente encajados por el tributo en dinero o monedas con la llegada de los conquistadores españoles.
El origen de los tributos se remonta a la era primitiva, cuando los hombres entregaban ofrendas a los dioses a cambio de algunos beneficios. Posteriormente, desde la civilización griega, se manejaba el término de la progresividad en el pago de los impuestos por medio del cual se ajustaban los tributos de acuerdo a las capacidades de pago de las personas. También se controló su administración y clasificación.
En esta época se le conocía como Impuesto al Timbre, se llama así, por la utilización del papel sellado o estampillas fiscales, que fue un medio veraz e idóneo, para probar y controlar el cumplimiento de la obligación tributaria relacionada con ciertas actividades mercantiles, pues el pago del gravamen se configuraba con la adquisición de estampillas que eran fijadas y canceladas mediante un sello adherido a los contratos, documentos o facturas que representaban el hecho generados del tributo.
Este impuesto nace en la Edad Media y originalmente se le llamo "del papel sellado", en virtud de que el Rey o Emperador, proporcionaba un sello, previo pago y antes de llevarse a cabo toda clase de actos jurídicos mercantiles o de cualquier clase que pudiera tener validez.
En México fue el Ministro de Hacienda Don Matías Romero, quien estableció la primera Ley del Timbre en 1869.
Los impuestos modernos, como los conocemos hoy, se instauraron a finales del siglo XIX y principios del siglo XX.El IVA es un impuesto indirecto el cual constituye una parte importante de los ingresos tributarios en muchos países del mundo. Se trataba de que el sujeto pasivo trasladaba expresamente el monto del gravamen al comprador o usuario de los bienes y servicios.Los productores así como los primeros distribuidores de artículos de importación obligados a pagar el gravamen debían de consignar separadamente el importe de la operación y el monto del impuesto, en la primera enajenación realizada efectuada a favor de comerciantes o industriales.
Los cambios más importantes que se han registrado en el IVA desde la fecha de entrada en vigor es:
§ En 1981, segundo año de su observancia, se reducen las exenciones en los diversos actos u operaciones que generan el Gravamen, para darle más generalidad en su aplicación.
§ En 1983, son el inicio de su tercer año de vida institucional aumenta la tasa general del 10% al 15%, y surge la tasa especial del 6% para gravar ciertos artículos o actos que estaban exentos, incluyéndose importaciones de bienes para ser consumidos en la zona fronteriza de nuestro país.
§ En 1991, nuevamente regresa la cuota general del 10%.
§ En 1995 se vuelve a restablecer la cuota del 15%, misma que se encuentra en vigor, hasta en el 2009.
En la actualidad se le conoce como el impuesto al valor agregado; que es el aumento de precio que se genera como consecuencia de la utilización de los factores que intervienen en cada una de las etapas que forman parte del proceso económico de producción y comercialización hasta llegar al consumidor final.
en México el IVA era un impuesto general, de tasa única de 10 por ciento, sencillo de aplicar y con alto potencial recaudatorio. Muy pronto, sin embargo, el concepto original de un impuesto moderno y eficaz se fue ensuciando con tratamientos especiales, excepciones, exenciones y tasas diferenciadas –que dieron en su momento un rendimiento político, pero que dañaron la capacidad recaudatoria del impuesto.
El IVA esta regulado por la ley 37/92, de 28 de diciembre de 1992 y por el Reglamento de 29 de diciembre de 1992.
Diana Borga
La historia de los impuestos, hace su aparición en el pueblo azteca, sus soberanos exigían águilas y bolas de caucho, cierto número de mancebos a los cuales por motivos religiosos se les sacrificaba arrancándoles el corazón. El pueblo azteca básicamente sus tributos fueron desarrollados en especie y posteriormente encajados por el tributo en dinero o monedas con la llegada de los conquistadores españoles.
El origen de los tributos se remonta a la era primitiva, cuando los hombres entregaban ofrendas a los dioses a cambio de algunos beneficios. Posteriormente, desde la civilización griega, se manejaba el término de la progresividad en el pago de los impuestos por medio del cual se ajustaban los tributos de acuerdo a las capacidades de pago de las personas. También se controló su administración y clasificación.
En esta época se le conocía como Impuesto al Timbre, se llama así, por la utilización del papel sellado o estampillas fiscales, que fue un medio veraz e idóneo, para probar y controlar el cumplimiento de la obligación tributaria relacionada con ciertas actividades mercantiles, pues el pago del gravamen se configuraba con la adquisición de estampillas que eran fijadas y canceladas mediante un sello adherido a los contratos, documentos o facturas que representaban el hecho generados del tributo.
Este impuesto nace en la Edad Media y originalmente se le llamo "del papel sellado", en virtud de que el Rey o Emperador, proporcionaba un sello, previo pago y antes de llevarse a cabo toda clase de actos jurídicos mercantiles o de cualquier clase que pudiera tener validez.
En México fue el Ministro de Hacienda Don Matías Romero, quien estableció la primera Ley del Timbre en 1869.
Los impuestos modernos, como los conocemos hoy, se instauraron a finales del siglo XIX y principios del siglo XX.El IVA es un impuesto indirecto el cual constituye una parte importante de los ingresos tributarios en muchos países del mundo. Se trataba de que el sujeto pasivo trasladaba expresamente el monto del gravamen al comprador o usuario de los bienes y servicios.Los productores así como los primeros distribuidores de artículos de importación obligados a pagar el gravamen debían de consignar separadamente el importe de la operación y el monto del impuesto, en la primera enajenación realizada efectuada a favor de comerciantes o industriales.
Los cambios más importantes que se han registrado en el IVA desde la fecha de entrada en vigor es:
§ En 1981, segundo año de su observancia, se reducen las exenciones en los diversos actos u operaciones que generan el Gravamen, para darle más generalidad en su aplicación.
§ En 1983, son el inicio de su tercer año de vida institucional aumenta la tasa general del 10% al 15%, y surge la tasa especial del 6% para gravar ciertos artículos o actos que estaban exentos, incluyéndose importaciones de bienes para ser consumidos en la zona fronteriza de nuestro país.
§ En 1991, nuevamente regresa la cuota general del 10%.
§ En 1995 se vuelve a restablecer la cuota del 15%, misma que se encuentra en vigor, hasta en el 2009.
En la actualidad se le conoce como el impuesto al valor agregado; que es el aumento de precio que se genera como consecuencia de la utilización de los factores que intervienen en cada una de las etapas que forman parte del proceso económico de producción y comercialización hasta llegar al consumidor final.
en México el IVA era un impuesto general, de tasa única de 10 por ciento, sencillo de aplicar y con alto potencial recaudatorio. Muy pronto, sin embargo, el concepto original de un impuesto moderno y eficaz se fue ensuciando con tratamientos especiales, excepciones, exenciones y tasas diferenciadas –que dieron en su momento un rendimiento político, pero que dañaron la capacidad recaudatoria del impuesto.
El IVA esta regulado por la ley 37/92, de 28 de diciembre de 1992 y por el Reglamento de 29 de diciembre de 1992.
Diana Borga
lunes, 24 de enero de 2011
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
Los impuestos nacen como un mecanismo de búsqueda de nuevos ingresos. Fueron implementados por los Estados para financiar la satisfacción de las necesidades públicas. Los primeros recursos tributarios fueron aquellos que el Estado obtuvo mediante el ejercicio de su poder imperio o a través de costumbres que luego se convirtieron en leyes.
La historia de los impuestos, hace su aparición en el pueblo azteca, sus soberanos exigían águilas y bolas de caucho, cierto número de mancebos a los cuales por motivos religiosos se les sacrificaba arrancándoles el corazón. El pueblo azteca básicamente sus tributos fueron desarrollados en especie y posteriormente encajados por el tributo en dinero o monedas con la llegada de los conquistadores españoles.
El origen de los tributos se remonta a la era primitiva, cuando los hombres entregaban ofrendas a los dioses a cambio de algunos beneficios. Posteriormente, desde la civilización griega, se manejaba el término de la progresividad en el pago de los impuestos por medio del cual se ajustaban los tributos de acuerdo a las capacidades de pago de las personas. También se controló su administración y clasificación.
Escrito por diana Borga
En esta época se le conocía como Impuesto al Timbre, se llama así, por la utilización del papel sellado o estampillas fiscales, que fue un medio veraz e idóneo, para probar y controlar el cumplimiento de la obligación tributaria relacionada con ciertas actividades mercantiles, pues el pago del gravamen se configuraba con la adquisición de estampillas que eran fijadas y canceladas mediante un sello adherido a los contratos, documentos o facturas que representaban el hecho generados del tributo.
Este impuesto nace en la Edad Media y originalmente se le llamo "del papel sellado", en virtud de que el Rey o Emperador, proporcionaba un sello, previo pago y antes de llevarse a cabo toda clase de actos jurídicos mercantiles o de cualquier clase que pudiera tener validez.
En México fue el Ministro de Hacienda Don Matías Romero, quien estableció la primera Ley del Timbre en 1869.
Los impuestos modernos, como los conocemos hoy, se instauraron a finales del siglo XIX y principios del siglo XX.El IVA es un impuesto indirecto el cual constituye una parte importante de los ingresos tributarios en muchos países del mundo. Se trataba de que el sujeto pasivo trasladaba expresamente el monto del gravamen al comprador o usuario de los bienes y servicios.Los productores así como los primeros distribuidores de artículos de importación obligados a pagar el gravamen debían de consignar separadamente el importe de la operación y el monto del impuesto, en la primera enajenación realizada efectuada a favor de comerciantes o industriales.
Los cambios más importantes que se han registrado en el IVA desde la fecha de entrada en vigor es:
§ En 1981, segundo año de su observancia, se reducen las exenciones en los diversos actos u operaciones que generan el Gravamen, para darle más generalidad en su aplicación.
§ En 1983, son el inicio de su tercer año de vida institucional aumenta la tasa general del 10% al 15%, y surge la tasa especial del 6% para gravar ciertos artículos o actos que estaban exentos, incluyéndose importaciones de bienes para ser consumidos en la zona fronteriza de nuestro país.
§ En 1991, nuevamente regresa la cuota general del 10%.
§ En 1995 se vuelve a restablecer la cuota del 15%, misma que se encuentra en vigor, hasta en el 2009.
En la actualidad se le conoce como el impuesto al valor agregado; que es el aumento de precio que se genera como consecuencia de la utilización de los factores que intervienen en cada una de las etapas que forman parte del proceso económico de producción y comercialización hasta llegar al consumidor final.
en México el IVA era un impuesto general, de tasa única de 10 por ciento, sencillo de aplicar y con alto potencial recaudatorio. Muy pronto, sin embargo, el concepto original de un impuesto moderno y eficaz se fue ensuciando con tratamientos especiales, excepciones, exenciones y tasas diferenciadas –que dieron en su momento un rendimiento político, pero que dañaron la capacidad recaudatoria del impuesto.
El IVA esta regulado por la ley 37/92, de 28 de diciembre de 1992 y por el Reglamento de 29 de diciembre de 1992.
La historia de los impuestos, hace su aparición en el pueblo azteca, sus soberanos exigían águilas y bolas de caucho, cierto número de mancebos a los cuales por motivos religiosos se les sacrificaba arrancándoles el corazón. El pueblo azteca básicamente sus tributos fueron desarrollados en especie y posteriormente encajados por el tributo en dinero o monedas con la llegada de los conquistadores españoles.
El origen de los tributos se remonta a la era primitiva, cuando los hombres entregaban ofrendas a los dioses a cambio de algunos beneficios. Posteriormente, desde la civilización griega, se manejaba el término de la progresividad en el pago de los impuestos por medio del cual se ajustaban los tributos de acuerdo a las capacidades de pago de las personas. También se controló su administración y clasificación.
Escrito por diana Borga
En esta época se le conocía como Impuesto al Timbre, se llama así, por la utilización del papel sellado o estampillas fiscales, que fue un medio veraz e idóneo, para probar y controlar el cumplimiento de la obligación tributaria relacionada con ciertas actividades mercantiles, pues el pago del gravamen se configuraba con la adquisición de estampillas que eran fijadas y canceladas mediante un sello adherido a los contratos, documentos o facturas que representaban el hecho generados del tributo.
Este impuesto nace en la Edad Media y originalmente se le llamo "del papel sellado", en virtud de que el Rey o Emperador, proporcionaba un sello, previo pago y antes de llevarse a cabo toda clase de actos jurídicos mercantiles o de cualquier clase que pudiera tener validez.
En México fue el Ministro de Hacienda Don Matías Romero, quien estableció la primera Ley del Timbre en 1869.
Los impuestos modernos, como los conocemos hoy, se instauraron a finales del siglo XIX y principios del siglo XX.El IVA es un impuesto indirecto el cual constituye una parte importante de los ingresos tributarios en muchos países del mundo. Se trataba de que el sujeto pasivo trasladaba expresamente el monto del gravamen al comprador o usuario de los bienes y servicios.Los productores así como los primeros distribuidores de artículos de importación obligados a pagar el gravamen debían de consignar separadamente el importe de la operación y el monto del impuesto, en la primera enajenación realizada efectuada a favor de comerciantes o industriales.
Los cambios más importantes que se han registrado en el IVA desde la fecha de entrada en vigor es:
§ En 1981, segundo año de su observancia, se reducen las exenciones en los diversos actos u operaciones que generan el Gravamen, para darle más generalidad en su aplicación.
§ En 1983, son el inicio de su tercer año de vida institucional aumenta la tasa general del 10% al 15%, y surge la tasa especial del 6% para gravar ciertos artículos o actos que estaban exentos, incluyéndose importaciones de bienes para ser consumidos en la zona fronteriza de nuestro país.
§ En 1991, nuevamente regresa la cuota general del 10%.
§ En 1995 se vuelve a restablecer la cuota del 15%, misma que se encuentra en vigor, hasta en el 2009.
En la actualidad se le conoce como el impuesto al valor agregado; que es el aumento de precio que se genera como consecuencia de la utilización de los factores que intervienen en cada una de las etapas que forman parte del proceso económico de producción y comercialización hasta llegar al consumidor final.
en México el IVA era un impuesto general, de tasa única de 10 por ciento, sencillo de aplicar y con alto potencial recaudatorio. Muy pronto, sin embargo, el concepto original de un impuesto moderno y eficaz se fue ensuciando con tratamientos especiales, excepciones, exenciones y tasas diferenciadas –que dieron en su momento un rendimiento político, pero que dañaron la capacidad recaudatoria del impuesto.
El IVA esta regulado por la ley 37/92, de 28 de diciembre de 1992 y por el Reglamento de 29 de diciembre de 1992.
lunes, 17 de enero de 2011
HISTORIA DE LOS IMPUESTOS PARAFISCALES
INTRODUCCIÓN:
ANTECEDENTES DE LA TRIBUTACIÓN EN MÉXICO
LOS AZTECAS
Las primeras manifestaciones de impuestos en México aparecen en los códices Aztecas, el rey Azcapotzalco pedía como tributo a los Aztecas una balsa sembrada de flores y frutos, así como una garza empollando sus huevos , a cambio ellos recibirían beneficios en su comunidad. Uno de los primeros recaudadores fueron los ¨Calpixquis, la recaudación de esos pueblos requerían de ´´funcionarios ‘que llevaran un registro descriptivo de los pueblos y ciudades tributarios, así como de la enumeración y valuación de las riquezas recibidas. Había varios tributos que se daban según la ocasión, los había de guerra, religiosos, tiempo etc.
Los tributos a que estaban obligados los pueblos sometidos a los aztecas eran de dos tipos:
· En especie o mercancía (impuesto según provincia, su población, riqueza e industria)
· Tributos en servicios especiales que estaban obligados a prestar los vecinos de los pueblos sometidos.
HERNÁN CORTÉS Y LA CONQUISTA
Hernán Cortés adopto el sistema tributario del pueblo Azteca, modificando la forma de cobro cambiando los tributos de flores y animales por piedras y joyas. El primer paso de Cortés fue elaborar una relación de documentos fiscales, nombra a un ministro, un tesorero y varios contadores encargados de la recaudación y custodia del Quinto Real. En 1573 se implanta la Alcabala que es equivalente al IVA, después el peaje por derecho de paso, creando un sistema jurídico fiscal llamado Diezmo minero en el que los indígenas pagaban con trabajo en minas, y los aprovechamientos de las minas eran para el Estado.LA INDEPENDENCIA
A partir de 1810 el sistema fiscal se complementa con el arancel para el gobierno de las aduanas marítimas, siendo estas las primeras tarifas de importación publicadas en México.
La debilidad fiscal del gobierno federal de Antonio López de Santa Anna establece el cobro del tributo de un Real por cada puerta, cuatro centavos por cada ventana, dos pesos por cada caballo robusto, un peso por los caballos flacos y un peso por cada perro.
INTERVENCIÓN FRANCESA
Crea la corresponsabilidad en las finanzas públicas entre Federación y Estado estableciendo que parte de lo recaudado se quedaría en manos del Estado y una parte pasaría a integrarse a los ingresos de la Federación.
Con la llegada de Porfirio Díaz al poder se llevó a cabo un proceso de fortalecimiento y centralización del poder en manos del Gobierno Federal. En ese periodo se recaudaron impuestos por 30 millones de pesos, pero se gastaron 44 millones de pesos generando la deuda externa.
LA REVOLUCIÓN
La guerra provocó que los mexicanos no pagaran impuestos. Después de esta hubo la necesidad de reorganizar la administración y retomar las finanzas públicas aplicando reformas y acciones para impulsar las actividades tributarias.
En 1917 y 1935 se implantan diversos impuestos, como los servicios por el uso del ferrocarril, especiales sobre exportación de petróleo y derivados, por consumo de luz, teléfono, timbres, botellas cerradas, avisos y anuncios. Simultáneamente se incrementa el impuesto sobre la renta y el de consumo de gasolina. Sin embargo tales medidas causaron beneficios sociales, con la implantación de servicios como el civil, el retiro por edad avanzada con pensión y en general. Incrementando los impuestos a los artículos nocivos para la salud y al gravar los artículos de lujo.
LA MODERNIDAD
Han transcurrido muchos años para que el gobierno tenga hoy leyes fiscales que le permitan disponer de recursos con los que se construyan obras públicas y presten servicios a la sociedad.
Los impuestos son ahora una colaboración para que México cuente con escuelas, hospitales, higiene, caminos y servicios públicos. El gran reto es que estos sean equitativos y que su destino sea transparente para la sociedad que es quien aporta esos recursos.
DESARROLLO:
IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE)
A mediados del año 2007, el gobierno Federal a iniciativa del Presidente de la República emitió un proyecto de reforma fiscal para el presente año, en esa iniciativa estaba incluido un nuevo impuesto, que en su momento fue llamado Impuesto contra la informalidad, este impuesto el 1º de Octubre de 2007 La SHCP lo dio a conocer en el Diario Oficial de La Federación.
Los motivos más importantes, que de acuerdo a nuestras autoridades fiscales, impulsaron esta ley fueron gran evasión fiscal que existe en México, como son la economía informal, la prestación de servicios y la venta de bienes sin expedición de facturas, así como la creación de esquemas sofisticados para evadir el pago de contribuciones, entre otros. La finalidad del IDE es el control de flujo de efectivo que impacta a quienes obtienen ingresos que no son declarados y considerando que la recaudación fue superior a la esperada, se realizan modificaciones con el fin de obtener recursos adicionales para financiar el gasto público.
Características: Fundamentalmente identifica a las personas que omiten total o parcialmente el pago de las contribuciones (ISR, IVA, IETU), acreditable contra el ISR y otras retenciones; compensable contra otras contribuciones federales, obliga a los contribuyentes a declarar los ingresos y deducciones correctamente, controla los depósitos en efectivo de personas que no están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y no pagan impuestos, estas absorben el impuesto que les retiene la institución de crédito, ya que no pueden acreditarlo ni compensarlo .Es complementario al impuesto sobre la renta.
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)
La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de diciembre de 1980 y sustituyó a la Ley Federal del Impuesto a la Industria de Azúcar, Alcohol, Aguardiente y Envasamiento de Bebidas Alcohólicas. El objeto del IEPS lo constituye aquella actividad productiva o comercial que implique una acción de compraventa de los bienes y servicios definidos en la Constitución y en la ley correspondiente. Este impuesto tiene un carácter correctivo, debido a que grava actividades que generan efectos sociales negativos, como es el consumo de bebidas alcohólicas y el tabaco los cuales producen problemas de salud que deberán ser solventados en buena medida por el gobierno, mediante gasto público en salud, y también grava el consumo de combustibles generadores de contaminación. Es decir, el IEPS grava aquellas actividades que por sus características específicas generan un costo social o externalidades negativas, pero que son lícitas; por esta razón son acreedoras a un impuesto especial con tasas igualmente especiales que determina la ley en cuestión.
CONCLUSIÓN:
Una vez que conocemos la historia de los impuestos no hay que olvidar que el impuesto es algo que se impone, por lo mismo, nunca ha sido del agrado del ciudadano pagarlo. En un comienzo los impuestos eran recaudados por los que gobernaban las tierras y, por lo general, eran muy injustos para los más desamparados, quienes debían pagar las cuotas con trabajo o animales.Con el tiempo y al organizarse los Estados, el gobierno y los gobernados realizaron lo que se llama un pacto social, en el que se acepta entregar una proporción de los ingresos o de los bienes, para que éstos sean utilizados para el Bien Común, es decir, para el desarrollo del país en áreas como salud, educación e infraestructura, entre otros. Por desgracia, la forma de qué y cómo recaudar, así como la de cómo fiscalizar ese gasto, es lo que genera conflictos entre gobernantes y gobernados. Pagar impuestos es un deber, pero no siempre los ciudadanos perciben este pago como algo que les dará mayores beneficios a todos los mexicanos. La evasión de impuestos y la escasa vigilancia hacia las actividades informales del país (aquellas que no pagan impuestos) genera un círculo vicioso que termina en que sólo un porcentaje muy bajo de la población cumple con su obligación tributaria.
YEBELIN VANESSA FRAGOSO MONTALVO 7451
ANTECEDENTES DE LA TRIBUTACIÓN EN MÉXICO
LOS AZTECAS
Las primeras manifestaciones de impuestos en México aparecen en los códices Aztecas, el rey Azcapotzalco pedía como tributo a los Aztecas una balsa sembrada de flores y frutos, así como una garza empollando sus huevos , a cambio ellos recibirían beneficios en su comunidad. Uno de los primeros recaudadores fueron los ¨Calpixquis, la recaudación de esos pueblos requerían de ´´funcionarios ‘que llevaran un registro descriptivo de los pueblos y ciudades tributarios, así como de la enumeración y valuación de las riquezas recibidas. Había varios tributos que se daban según la ocasión, los había de guerra, religiosos, tiempo etc.
Los tributos a que estaban obligados los pueblos sometidos a los aztecas eran de dos tipos:
· En especie o mercancía (impuesto según provincia, su población, riqueza e industria)
· Tributos en servicios especiales que estaban obligados a prestar los vecinos de los pueblos sometidos.
HERNÁN CORTÉS Y LA CONQUISTA
Hernán Cortés adopto el sistema tributario del pueblo Azteca, modificando la forma de cobro cambiando los tributos de flores y animales por piedras y joyas. El primer paso de Cortés fue elaborar una relación de documentos fiscales, nombra a un ministro, un tesorero y varios contadores encargados de la recaudación y custodia del Quinto Real. En 1573 se implanta la Alcabala que es equivalente al IVA, después el peaje por derecho de paso, creando un sistema jurídico fiscal llamado Diezmo minero en el que los indígenas pagaban con trabajo en minas, y los aprovechamientos de las minas eran para el Estado.LA INDEPENDENCIA
A partir de 1810 el sistema fiscal se complementa con el arancel para el gobierno de las aduanas marítimas, siendo estas las primeras tarifas de importación publicadas en México.
La debilidad fiscal del gobierno federal de Antonio López de Santa Anna establece el cobro del tributo de un Real por cada puerta, cuatro centavos por cada ventana, dos pesos por cada caballo robusto, un peso por los caballos flacos y un peso por cada perro.
INTERVENCIÓN FRANCESA
Crea la corresponsabilidad en las finanzas públicas entre Federación y Estado estableciendo que parte de lo recaudado se quedaría en manos del Estado y una parte pasaría a integrarse a los ingresos de la Federación.
Con la llegada de Porfirio Díaz al poder se llevó a cabo un proceso de fortalecimiento y centralización del poder en manos del Gobierno Federal. En ese periodo se recaudaron impuestos por 30 millones de pesos, pero se gastaron 44 millones de pesos generando la deuda externa.
LA REVOLUCIÓN
La guerra provocó que los mexicanos no pagaran impuestos. Después de esta hubo la necesidad de reorganizar la administración y retomar las finanzas públicas aplicando reformas y acciones para impulsar las actividades tributarias.
En 1917 y 1935 se implantan diversos impuestos, como los servicios por el uso del ferrocarril, especiales sobre exportación de petróleo y derivados, por consumo de luz, teléfono, timbres, botellas cerradas, avisos y anuncios. Simultáneamente se incrementa el impuesto sobre la renta y el de consumo de gasolina. Sin embargo tales medidas causaron beneficios sociales, con la implantación de servicios como el civil, el retiro por edad avanzada con pensión y en general. Incrementando los impuestos a los artículos nocivos para la salud y al gravar los artículos de lujo.
LA MODERNIDAD
Han transcurrido muchos años para que el gobierno tenga hoy leyes fiscales que le permitan disponer de recursos con los que se construyan obras públicas y presten servicios a la sociedad.
Los impuestos son ahora una colaboración para que México cuente con escuelas, hospitales, higiene, caminos y servicios públicos. El gran reto es que estos sean equitativos y que su destino sea transparente para la sociedad que es quien aporta esos recursos.
DESARROLLO:
IMPUESTO A LOS DEPÓSITOS EN EFECTIVO (IDE)
A mediados del año 2007, el gobierno Federal a iniciativa del Presidente de la República emitió un proyecto de reforma fiscal para el presente año, en esa iniciativa estaba incluido un nuevo impuesto, que en su momento fue llamado Impuesto contra la informalidad, este impuesto el 1º de Octubre de 2007 La SHCP lo dio a conocer en el Diario Oficial de La Federación.
Los motivos más importantes, que de acuerdo a nuestras autoridades fiscales, impulsaron esta ley fueron gran evasión fiscal que existe en México, como son la economía informal, la prestación de servicios y la venta de bienes sin expedición de facturas, así como la creación de esquemas sofisticados para evadir el pago de contribuciones, entre otros. La finalidad del IDE es el control de flujo de efectivo que impacta a quienes obtienen ingresos que no son declarados y considerando que la recaudación fue superior a la esperada, se realizan modificaciones con el fin de obtener recursos adicionales para financiar el gasto público.
Características: Fundamentalmente identifica a las personas que omiten total o parcialmente el pago de las contribuciones (ISR, IVA, IETU), acreditable contra el ISR y otras retenciones; compensable contra otras contribuciones federales, obliga a los contribuyentes a declarar los ingresos y deducciones correctamente, controla los depósitos en efectivo de personas que no están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y no pagan impuestos, estas absorben el impuesto que les retiene la institución de crédito, ya que no pueden acreditarlo ni compensarlo .Es complementario al impuesto sobre la renta.
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS (IEPS)
La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de diciembre de 1980 y sustituyó a la Ley Federal del Impuesto a la Industria de Azúcar, Alcohol, Aguardiente y Envasamiento de Bebidas Alcohólicas. El objeto del IEPS lo constituye aquella actividad productiva o comercial que implique una acción de compraventa de los bienes y servicios definidos en la Constitución y en la ley correspondiente. Este impuesto tiene un carácter correctivo, debido a que grava actividades que generan efectos sociales negativos, como es el consumo de bebidas alcohólicas y el tabaco los cuales producen problemas de salud que deberán ser solventados en buena medida por el gobierno, mediante gasto público en salud, y también grava el consumo de combustibles generadores de contaminación. Es decir, el IEPS grava aquellas actividades que por sus características específicas generan un costo social o externalidades negativas, pero que son lícitas; por esta razón son acreedoras a un impuesto especial con tasas igualmente especiales que determina la ley en cuestión.
CONCLUSIÓN:
Una vez que conocemos la historia de los impuestos no hay que olvidar que el impuesto es algo que se impone, por lo mismo, nunca ha sido del agrado del ciudadano pagarlo. En un comienzo los impuestos eran recaudados por los que gobernaban las tierras y, por lo general, eran muy injustos para los más desamparados, quienes debían pagar las cuotas con trabajo o animales.Con el tiempo y al organizarse los Estados, el gobierno y los gobernados realizaron lo que se llama un pacto social, en el que se acepta entregar una proporción de los ingresos o de los bienes, para que éstos sean utilizados para el Bien Común, es decir, para el desarrollo del país en áreas como salud, educación e infraestructura, entre otros. Por desgracia, la forma de qué y cómo recaudar, así como la de cómo fiscalizar ese gasto, es lo que genera conflictos entre gobernantes y gobernados. Pagar impuestos es un deber, pero no siempre los ciudadanos perciben este pago como algo que les dará mayores beneficios a todos los mexicanos. La evasión de impuestos y la escasa vigilancia hacia las actividades informales del país (aquellas que no pagan impuestos) genera un círculo vicioso que termina en que sólo un porcentaje muy bajo de la población cumple con su obligación tributaria.
YEBELIN VANESSA FRAGOSO MONTALVO 7451
martes, 4 de enero de 2011
Historia de los impuestos indirectos
Los impuestos indirectos nacen en estados unidos, cuando este país aun pertenecía a gran Bretaña, con las trece colonias, en este periodo que pertenece a la edad moderna, comprendida en los años 1453 a 1789, no había grandes sistemas tributarios ni desarrollo, así que los tributos eran debido a rentas aduaneras, y el comercio dentro de las colonias, cabe destacar que estados unidos se independiza oficialmente el 4 de julio de 1776, con la declaración de independencia.
Los colonos, pagaban impuestos según la ley de melados, que fue modificada en 1764, esto fue para incluir derechos de importación en artículos provenientes del extranjero como lo era el azúcar y vino, entre otros, esa nueva ley fue conocida como la ley del azúcar.
Algunos de los impuestos indirectos que pagaban los colonos eran:
· A la armada de la gran Bretaña, ya que esta sostenía varias guerras por ganar territorio.
· Impuestos por el consumo de tabaco o sal.
· Pagaban un diezmo campesino, por lo que lo que producían, o cosechaban
· Así como artículos que venían del extranjero como lo anterior mencionado, en la ley melados.
Después de la revolución, en 1794 se opusieron al impuesto sobre el consumo de 1791, así que los colonos comenzaron con ‘’la rebelión del whiskey’’ contra los recaudadores de impuestos, para detener eso, George Washington mando tropas, solo dos colonos fueron condenados por traición, pero el presidente les concedió el perdón. Según Adam Smith en su obra ‘’ La riqueza de las naciones’’ los principios tributarios deben de ser los siguientes:
Legalidad.- no hay obligación tributaria si alguna ley no la establece.
Proporcionalidad.- a mayor capacidad de pago, mayor impuesto, esto es relativo ya que a tarifa es igual para todos o permanece constante.
Igualdad o equidad.- la capacidad económica debe ser la misma que el tratamiento fiscal.
Generalidad.- un impuesto se aplica igual a todas las personas sometidas o afectadas por el mismo.
Representación.- las normas tributarias deben ser aceptadas por todos, ya que son aprobadas por los ciudadanos a través de sus representantes.
Económica.- un tributo no debe tener un costo muy elevado para su recaudación, control y administración
Eficiencia.- el estado debe facilitar a los contribuyentes el pago del impuesto, es decir, sin trámites complicados.
En la actualidad se entiende como impuestos indirectos que grava el consumo, esté no afecta de manera directa los ingresos del contribuyente sino que recae en el costo del producto o mercancía, el impuesto indirecto más importante es el IVA.
Por: Perales Martínez Anhya
Los colonos, pagaban impuestos según la ley de melados, que fue modificada en 1764, esto fue para incluir derechos de importación en artículos provenientes del extranjero como lo era el azúcar y vino, entre otros, esa nueva ley fue conocida como la ley del azúcar.
Algunos de los impuestos indirectos que pagaban los colonos eran:
· A la armada de la gran Bretaña, ya que esta sostenía varias guerras por ganar territorio.
· Impuestos por el consumo de tabaco o sal.
· Pagaban un diezmo campesino, por lo que lo que producían, o cosechaban
· Así como artículos que venían del extranjero como lo anterior mencionado, en la ley melados.
Después de la revolución, en 1794 se opusieron al impuesto sobre el consumo de 1791, así que los colonos comenzaron con ‘’la rebelión del whiskey’’ contra los recaudadores de impuestos, para detener eso, George Washington mando tropas, solo dos colonos fueron condenados por traición, pero el presidente les concedió el perdón. Según Adam Smith en su obra ‘’ La riqueza de las naciones’’ los principios tributarios deben de ser los siguientes:
Legalidad.- no hay obligación tributaria si alguna ley no la establece.
Proporcionalidad.- a mayor capacidad de pago, mayor impuesto, esto es relativo ya que a tarifa es igual para todos o permanece constante.
Igualdad o equidad.- la capacidad económica debe ser la misma que el tratamiento fiscal.
Generalidad.- un impuesto se aplica igual a todas las personas sometidas o afectadas por el mismo.
Representación.- las normas tributarias deben ser aceptadas por todos, ya que son aprobadas por los ciudadanos a través de sus representantes.
Económica.- un tributo no debe tener un costo muy elevado para su recaudación, control y administración
Eficiencia.- el estado debe facilitar a los contribuyentes el pago del impuesto, es decir, sin trámites complicados.
En la actualidad se entiende como impuestos indirectos que grava el consumo, esté no afecta de manera directa los ingresos del contribuyente sino que recae en el costo del producto o mercancía, el impuesto indirecto más importante es el IVA.
Por: Perales Martínez Anhya
sábado, 27 de noviembre de 2010
EL IDE LOGRA SUS FINES
El Impuesto a los Depósitos en Efectivo nace como consecuencia de la gran evasión fiscal que existe en México como son la economía informal, la prestación de servicios y la venta de bienes sin expedición de facturas, su finalidad es combatir la informalidad en el comercio fiscalizando por medio del Sistema Financiero gravando en términos generales los depósitos que en efectivo realicen las personas físicas y morales con actividades empresariales.
En el 2008 se dio a conocer por medio del Diario Oficial y las diversas fuentes de información que fueron casi 20 mil millones de pesos captados a través de IDE , cifra que supera casi 40% de los cálculos previos hechos por las autoridades , se demostró que este impuesto funciono de manera eficiente para la Secretaria de Hacienda.
Al solo tener un año de su creación, este impuesto llego para quedarse, pues su recaudación represento un ingreso sustancial para el gobierno federal.
Los logros que se obtuvieron cuando se estableció este impuesto cambiaron en los siguientes años de una manera desfavorable, mientras que en los primeros cuatro meses del 2010 la recaudación por concepto del IVA, y del ISR mostraron incrementos de casi 20 y 11% respectivamente, con respecto al lapo del 2009, el Impuesto a los Depósitos en Efectivo mostro un comportamiento totalmente contrario, al registrar un retroceso de casi 40%.
La Secretaria de Hacienda en su informe actualizado a Abril 2010 sobre las finanzas y la deuda publica dio a conocer que entre Enero y Abril del año pasado el IDE había logrado captar más de 13 mil millones de pesos para las arcas del gobierno , mientras que en el mismo lapso del 2010 , solo había contribuido en 8 mil millones de pesos , a pesar de que a partir de enero de este año la tasa del IDE aumento de 2 a 3 % y empezó a gravar depósitos a partir de 15 mil pesos , con el afán de que las personas que laboran en la informalidad también se vieran obligadas a contribuir .
Dado que la recaudación proveniente del resto de los impuestos ha mostrado una recuperación con respecto al 2009, se puede anticipar que la caída del IDE se debe a que nosotros los mexicanos hemos preferido seguir haciendo transferencias en efectivo y ya no hacer depósitos en los bancos.
Así como se ha identificado de que algunas instituciones de crédito abren líneas de crédito revolvente a sus clientes para disponer de efectivo, de tal manera que los ingresos que perciben, ya sea de forma diaria, semanal, mensual por su actividad empresarial, se destinan a saldar el crédito, es decir el cliente puede disponer de cierta suma de dinero y los que se vayan depositando por su actividad se considera como un pago realizado de crédito, con lo que se evita dicho impuesto.
Sin embargo no podemos negar que el impuesto a los depósitos en efectivo es una buena alternativa, es un comienzo , es la punta de lanza para tratar de controlar de alguna forma tanta informalidad y tanto movimiento de dinero que no se sabe de dónde viene.
Considero que el tema es más profundo, hay que empezar por establecer más fuentes de empleo para evitar tanto comercio informal, evitar el lavado de dinero, la corrupción, el contrabando cualquier negocio ilícito, en esa medida se va a poder recaudar más y más eficientemente el impuesto en nuestro país.
YEBELIN VANESSA FRAGOSO MONTALVO GRUPO: 7451
En el 2008 se dio a conocer por medio del Diario Oficial y las diversas fuentes de información que fueron casi 20 mil millones de pesos captados a través de IDE , cifra que supera casi 40% de los cálculos previos hechos por las autoridades , se demostró que este impuesto funciono de manera eficiente para la Secretaria de Hacienda.
Al solo tener un año de su creación, este impuesto llego para quedarse, pues su recaudación represento un ingreso sustancial para el gobierno federal.
Los logros que se obtuvieron cuando se estableció este impuesto cambiaron en los siguientes años de una manera desfavorable, mientras que en los primeros cuatro meses del 2010 la recaudación por concepto del IVA, y del ISR mostraron incrementos de casi 20 y 11% respectivamente, con respecto al lapo del 2009, el Impuesto a los Depósitos en Efectivo mostro un comportamiento totalmente contrario, al registrar un retroceso de casi 40%.
La Secretaria de Hacienda en su informe actualizado a Abril 2010 sobre las finanzas y la deuda publica dio a conocer que entre Enero y Abril del año pasado el IDE había logrado captar más de 13 mil millones de pesos para las arcas del gobierno , mientras que en el mismo lapso del 2010 , solo había contribuido en 8 mil millones de pesos , a pesar de que a partir de enero de este año la tasa del IDE aumento de 2 a 3 % y empezó a gravar depósitos a partir de 15 mil pesos , con el afán de que las personas que laboran en la informalidad también se vieran obligadas a contribuir .
Dado que la recaudación proveniente del resto de los impuestos ha mostrado una recuperación con respecto al 2009, se puede anticipar que la caída del IDE se debe a que nosotros los mexicanos hemos preferido seguir haciendo transferencias en efectivo y ya no hacer depósitos en los bancos.
Así como se ha identificado de que algunas instituciones de crédito abren líneas de crédito revolvente a sus clientes para disponer de efectivo, de tal manera que los ingresos que perciben, ya sea de forma diaria, semanal, mensual por su actividad empresarial, se destinan a saldar el crédito, es decir el cliente puede disponer de cierta suma de dinero y los que se vayan depositando por su actividad se considera como un pago realizado de crédito, con lo que se evita dicho impuesto.
Sin embargo no podemos negar que el impuesto a los depósitos en efectivo es una buena alternativa, es un comienzo , es la punta de lanza para tratar de controlar de alguna forma tanta informalidad y tanto movimiento de dinero que no se sabe de dónde viene.
Considero que el tema es más profundo, hay que empezar por establecer más fuentes de empleo para evitar tanto comercio informal, evitar el lavado de dinero, la corrupción, el contrabando cualquier negocio ilícito, en esa medida se va a poder recaudar más y más eficientemente el impuesto en nuestro país.
YEBELIN VANESSA FRAGOSO MONTALVO GRUPO: 7451
viernes, 12 de noviembre de 2010
Como se venderá a partir del 2011
El 1 de enero del 2011 inicia la transición de la factura de papel a la factura Electrónica.
Dicha transición se dará bajo las siguientes condiciones:
1. Las facturas de papel impresas antes del 31 de diciembre de 2010, se podrán seguir utilizando hasta que se terminen o caduquen, sin importar su importe.
2. Después del 1 de enero de 2011, el SAT solo autorizará el uso de facturas de papel a contribuyentes que realicen en forma cotidiana operaciones menores de $2,000.00 y no tengan ventas anuales superiores a $4´000,000.00; además estás facturas de papel deberán contener un código de de barras bidimensional.
3. Actualmente hay contribuyentes que utilizan las facturas digitales o Comprobantes Fiscales Digitales (CFD). Los CFD son aquellas facturas que cuentan con cadena y sello digital impreso y son generadas por programas de cómputo. Para su generación no requieren ser validados por la autoridad fiscal. Los CFD se podrán seguir utilizando, siempre que el contribuyente genere y utilice CFD antes del 31 de diciembre de 2010.
4. Las facturas electrónicas o comprobantes fiscales digitales por Internet, son aquellos documentos que contienen sellos y cadena digital, pero su generación, validación y asignación de folio lo da la autoridad por medio de una página de Internet especializada. Están obligadas a emitir estás facturas aquellas personas que no cuenten con facturas impresas antes del 31 de diciembre de 2010, no hayan emitido facturas digitales antes del 31 de diciembre de 2010 o no cuenten con autorización de emitir facturas de papel con código de barras bidimensional.
Además se deberán tomas las siguientes observaciones:
a) Sí usted cuenta con facturas impresas antes del 31 de diciembre de 2010 y estén vigentes, son deducibles para sus clientes y nadie puede obligarlo a emitir facturas electrónicas.
b) Las páginas de Internet especializadas y autorizadas para emitir facturas electrónicas, son independientes a la autoridad fiscal, por lo cual, su uso está condicionado al pago del servicio.
c) Antes de comprar un sistema que genere CFD se debe verificar que esté asociado con una página de Internet especializadas para emitir facturas electrónicas y analizar el costo del servicio.
Para emitir facturas con código de barras bidimensional o electrónicas se requiere contar con la firma electrónica avanzada.
Por Juan Francisco Pérez Andrade
Dicha transición se dará bajo las siguientes condiciones:
1. Las facturas de papel impresas antes del 31 de diciembre de 2010, se podrán seguir utilizando hasta que se terminen o caduquen, sin importar su importe.
2. Después del 1 de enero de 2011, el SAT solo autorizará el uso de facturas de papel a contribuyentes que realicen en forma cotidiana operaciones menores de $2,000.00 y no tengan ventas anuales superiores a $4´000,000.00; además estás facturas de papel deberán contener un código de de barras bidimensional.
3. Actualmente hay contribuyentes que utilizan las facturas digitales o Comprobantes Fiscales Digitales (CFD). Los CFD son aquellas facturas que cuentan con cadena y sello digital impreso y son generadas por programas de cómputo. Para su generación no requieren ser validados por la autoridad fiscal. Los CFD se podrán seguir utilizando, siempre que el contribuyente genere y utilice CFD antes del 31 de diciembre de 2010.
4. Las facturas electrónicas o comprobantes fiscales digitales por Internet, son aquellos documentos que contienen sellos y cadena digital, pero su generación, validación y asignación de folio lo da la autoridad por medio de una página de Internet especializada. Están obligadas a emitir estás facturas aquellas personas que no cuenten con facturas impresas antes del 31 de diciembre de 2010, no hayan emitido facturas digitales antes del 31 de diciembre de 2010 o no cuenten con autorización de emitir facturas de papel con código de barras bidimensional.
Además se deberán tomas las siguientes observaciones:
a) Sí usted cuenta con facturas impresas antes del 31 de diciembre de 2010 y estén vigentes, son deducibles para sus clientes y nadie puede obligarlo a emitir facturas electrónicas.
b) Las páginas de Internet especializadas y autorizadas para emitir facturas electrónicas, son independientes a la autoridad fiscal, por lo cual, su uso está condicionado al pago del servicio.
c) Antes de comprar un sistema que genere CFD se debe verificar que esté asociado con una página de Internet especializadas para emitir facturas electrónicas y analizar el costo del servicio.
Para emitir facturas con código de barras bidimensional o electrónicas se requiere contar con la firma electrónica avanzada.
Por Juan Francisco Pérez Andrade
sábado, 6 de noviembre de 2010
PRINCIPALES CAMBIOS AL IVA.
El gobierno Federal requiere cada año obtener recursos económicos para hacer frente a las situaciones que requiere el país, para esto se necesita implementar una verdadera reforma fiscal que cubra al 100% el cumplimiento de las mismas.
Lo que el país requiere es aumentar el PIB entre un 16 y 18 %, lo que sería un aumento de de casi 6 u 8% que se invertiría en educación, salud, seguridad y otras muchas deficiencias de nuestro país.
El Partido Revolucionario Institucional respalda una propuesta para la disminución del IVA, o su tasa, lo cual sin duda refleja tintes políticos hacia el proceso electoral 2011 y a las Elecciones Federales en 2012.
Por su parte el Gobierno Federal no apoya dicha propuesta, pues señala que afectaría la recaudación de ingresos que sirven como inversión para la manutención del país y sus necesidades, el Gobierno Federal propone una Ley de Ingresos que mantenga sin cambios el esquema fiscal.
CONCLUSION.
A un año de haber subido la tasa al 16% no me parece benéfico para el país una disminución en el IVA al 15 % pues afectaría sin duda lo que es la inversión que tiene el gobierno en cuanto a la educación. Siendo estudiante y percibiendo dia a dia las carencias educativas me parece preocupante pensar que estaremos en unas condiciones mucho más precarias a las que tenemos actualmente, pues de por si, no contamos con muchas herramientas que nos ayudarían a recibir una mejor educación como lo son laboratorios o equipos de computo que son esenciales para cualquier alumno que cursa una licenciatura o cualquier otro nivel escolar.
Hernàndez Moràn Wendy Monserrat. 7451.
Lo que el país requiere es aumentar el PIB entre un 16 y 18 %, lo que sería un aumento de de casi 6 u 8% que se invertiría en educación, salud, seguridad y otras muchas deficiencias de nuestro país.
El Partido Revolucionario Institucional respalda una propuesta para la disminución del IVA, o su tasa, lo cual sin duda refleja tintes políticos hacia el proceso electoral 2011 y a las Elecciones Federales en 2012.
Por su parte el Gobierno Federal no apoya dicha propuesta, pues señala que afectaría la recaudación de ingresos que sirven como inversión para la manutención del país y sus necesidades, el Gobierno Federal propone una Ley de Ingresos que mantenga sin cambios el esquema fiscal.
CONCLUSION.
A un año de haber subido la tasa al 16% no me parece benéfico para el país una disminución en el IVA al 15 % pues afectaría sin duda lo que es la inversión que tiene el gobierno en cuanto a la educación. Siendo estudiante y percibiendo dia a dia las carencias educativas me parece preocupante pensar que estaremos en unas condiciones mucho más precarias a las que tenemos actualmente, pues de por si, no contamos con muchas herramientas que nos ayudarían a recibir una mejor educación como lo son laboratorios o equipos de computo que son esenciales para cualquier alumno que cursa una licenciatura o cualquier otro nivel escolar.
Hernàndez Moràn Wendy Monserrat. 7451.
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Nuestros próximos Temas
1. Privatización del IMSS.
2. Reformas 2011 a las Sociedades Mercantiles.
3. ¿Se eliminó la tenencia?
4. ¿Cuáles son las propuetas de los candidatos?
5.- devolución de los impuestos a turistas extranjeros.
6.- Comó influyen los impuestos en el desarrollo sustentable.
7.- Convenios de fiscalización.
2. Reformas 2011 a las Sociedades Mercantiles.
3. ¿Se eliminó la tenencia?
4. ¿Cuáles son las propuetas de los candidatos?
5.- devolución de los impuestos a turistas extranjeros.
6.- Comó influyen los impuestos en el desarrollo sustentable.
7.- Convenios de fiscalización.